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Buenas noticias para los descendientes de españoles. Una disposición publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en noviembre de 2024 modificó "la Instrucción de 25 de octubre de 2022, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática".

Con esta medida, el Gobierno de España extendió los plazos para acceder a la ciudadanía a través de la ley de nietos. Se trata de un cambio clave para quienes están en pleno trámite, ya que garantiza que aquellos que hayan solicitado turno dentro del periodo de vigencia podrán completarlo incluso si la cita se fija después del límite inicial.

Según informó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, "con la nueva prórroga, el plazo se amplía hasta el 22 de octubre de 2025".

¿Qué es la ley de nietos y a quién beneficia?

La Ley de Memoria Democrática, conocida como ley de nietos, se aprobó en noviembre de 2022 durante el gobierno de Pedro Sánchez. Su objetivo es "reconocer el exilio por motivos políticos, ideológicos o de creencias religiosas".

Gracias a esta norma, miles de descendientes de exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista pudieron acceder a la nacionalidad española en un trámite simplificado y gratuito.

El BOE aclara que, en caso de no poder concretar la cita antes de la fecha límite, "las personas interesadas podrán presentar su solicitud personalmente con posterioridad a dicho plazo, en la fecha en la que sean citadas, acompañando el precitado justificante".

Requisitos para acceder a la nacionalidad española por ley de nietos

El proceso de nacionalización no tiene costo, aunque sí se debe abonar el sellado al momento de solicitar el pasaporte. El trámite puede demorar entre 6 meses y un año, y requiere la presentación de documentación específica:

  • Partida de nacimiento del abuelo o abuela originariamente español/a.

  • Partida de casamiento del abuelo/a español/a.

  • Partida de defunción del abuelo/a español/a (si corresponde).

  • Partida de nacimiento literal del padre/madre, hijo/a del abuelo/a español/a.

  • Partida de matrimonio de los padres. En caso de que estén vivos, fotocopia del DNI; si el progenitor falleció, partida de defunción.

  • Partida de nacimiento con la Apostilla de La Haya.

  • Documento de identidad vigente.

Cómo afectan los cambios a quienes ya iniciaron el trámite

La prórroga representa un alivio para las familias que ya comenzaron el proceso. Aquellos que lograron sacar turno dentro del plazo de vigencia de la ley podrán asistir a su cita, incluso si esta se fija después del 22 de octubre de 2025.

De esta manera, el Gobierno español busca dar respuesta a la alta demanda de solicitudes que se acumularon desde la aprobación de la norma, brindando más tiempo y seguridad a los descendientes de exiliados que desean obtener la ciudadanía.