Ayudas de hasta 900 euros mensuales para el alquiler de viviendas: plazos, requisitos y cómo solicitarlas
El sector inmobiliario se enfrenta a nuevos desafíos y la comunidad Valenciana trae una excelente opción para enfrentar el alquiler.
El sector inmobiliario se enfrenta a nuevos desafíos y es que, de una generación de propietarios, cada vez son más los jóvenes que alquilan un piso o que comparten el alquiler de uno. En ese sentido, los precios de estos son cada vez más altos y no necesitas buscar un piso en el distrito de Salamanca en Madrid para encontrarte con espacios miniatura a 1500 euros.
La Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha aprobado la base reguladora para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas en 2024. Las mismas serán publicadas en breve por la Generalitat Valenciana muy pronto.
El objetivo es facilitar el peso económico y el acceso a una vivienda en alquiler para los sectores de la población con escasos recursos. La financiación se contempla en el marco de: "Ayudas al alquiler de vivienda. Plan estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025".
Estas ayudas se asignarán en varias comunidades pero la comunidad Valenciana esta más próxima y responde a un régimen de concurrencia competitiva hasta agotar el crédito establecido por lo que es necesario mantenerse atentos.
En cuanto a los plazos se concederán por un tiempo máximo de un año desde el periodo correspondiente a partir de la fecha de suscripción. Para solicitarlo aún hace falta que se terminen de ultimar detalles por lo que todavía no se puede aseverar, cómo o dónde, pero probablemente tenga una modalidad parecida a la de las ultimas ediciones.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar esta ayuda de alquiler?
Por ahora no se han entrado en grandes detalles más allá de la situación de vulnerabilidad económica que depende de cada caso:
- Para poder solicitar esta ayuda la suma total de las rentas anuales de las personas convivientes debe ser igual o inferior a tres veces el IPREM.
- El umbral aumenta a cuatro veces el IPREM para: familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad inferior al 33%, víctimas de terrorismo.
- Además, llega a aumentar a cinco veces el IPREM para: familias numerosas de categoría especial y personas con discapacidad igual o superior al 33%.
¿Quiénes pueden acceder a esta ayuda?
- Familias numerosas.
- Víctimas de violencia de género.
- Víctimas de terrorismo.
- Personas con discapacidad sensorial o cognitiva igual o superior al 33%.
- Personas afectadas por situaciones catastróficas.
- Jóvenes extutelados.
- Personas exconvictas.
- Personas que asuman el acogimiento familiar permanente de un menor.
- Mayores de 65 años que vivan solos, cuyos ingresos no superen un IPREM.
¿Cuál es la cuantía a la que se puede acceder con esta ayuda del Gobierno?
- La cobertura del 50% de la renta mensual para personas o unidades de convivencia cuyos ingresos no superen el equivalente a un IPREM.
- El 45% de la renta mensual para ingresos superiores a un IPREM e iguales o inferiores a 2,5 IPREM.
- El 40% de la renta mensual para ingresos superiores a 2,5 IPREM y que no excedan del máximo exigido para beneficiarse de la subvención.