Uno de los cambios que supone la reforma de las pensiones aprobada a través del Real Decreto-ley 2/2023 es el monto a cobrar de las pensiones mínimas contributivas. Las mismas alcanzarán en 2027 el 60% de la renta mediana en España.
Tal y como detalla la norma, este plan establece un calendario progresivo de incremento desde el 2024 hasta el 2027 según el cual ninguna pensión podrá ser inferior al umbral de pobreza.
Por lo general, los beneficiarios de una pensión del sistema de la Seguridad Social no deben presentar ninguna documentación para percibir el cobro. Sin embargo, existen condiciones particulares que exigen el aviso por parte del pensionado a la entidad reguladora.
Los cambios que deben informar los jubilados para poder cobrar la pensión
Según informan desde la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, los beneficiarios deben comunicar las siguientes variaciones:
- Cambios de domicilio (residencia habitual o fiscal)
- Inicio de actividades laborales
- Cambios en la situación económica (reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas)
- Cambios de la situación familiar (estado civil, nacimientos o defunciones)
En cuanto a los pensionistas que residen en el extranjero, los mismos deben presentar además un justificante original de vivienda para mantener la prestación.
¿Qué sucede cuando fallece un pensionista?
En caso de fallecimiento, la Seguridad Social establece que se debe presentar el certificado de defuncióndel pensionista a través de la sede electrónica.
En cuanto a los pensionistas que resides en el extranjero, el fallecimiento deberá comunicarse a la Dirección Provincial del INSS que le gestiona su pensión, o en su defecto, a la Consejería Laboral de la Embajada de España del lugar de residencia.