Adiós a la licencia de conducir: si tienes alguna de estas enfermedades no podrás renovar tu carnet, según la DGT
Las autoridades nacionales podrían rechazar el trámite de la licencia de conducir si detectan condiciones de salud que puedan representar un riesgo para los demás conductores.
La renovación del carnet de conducir no es un trámite automático ni garantizado. Para obtener la licencia se necesita un proceso de formación teórica y práctica con una demostración de los conocimientos aprendidos, pero conservarlo a lo largo del tiempo requiere cumplir con una serie de requisitos de salud que la Dirección General de Tráfico (DGT) supervisará con rigor.
En España, la DGT exige un reconocimiento médico obligatorio cada vez que se solicite renovar el permiso, con mayor énfasis en las pruebas a medida que aumenta la edad del conductor. En ese control se determina si existen dolencias o enfermedades que podrían comprometer la capacidad para conducir de forma segura.
El objetivo de este reconocimiento es el de determinar si el solicitante de la renovación cuenta con las aptitudes psicofísicas necesarias para conducir y garantizar la seguridad vial al asegurar que solo las personas aptas se encuentren frente al volante. En el caso de España, en esta evaluación se pueden determinar algunas enfermedades que suponen un impedimento directo para la renovación de la licencia de conducir.
¿Me pueden retirar el carnet de conducir si padezco una enfermedad?
En España, la licencia de conducir es un documento no vitalicio. Esto significa que debe ser renovado obligatoriamente y la vigencia del carnet variará según la edad: hasta los 65 años, se debe renovar cada 10 años, y a partir de esa edad, cada 5 años. Pero para ello resulta fundamental superar el control médico establecido por la DGT.
Ser conductores aptos significa tener habilidades perceptivas, cognitivas y motoras acordes a los movimientos deben realizarse frente al volante. Sin embargo, estas capacidades pueden verse comprometidas por ciertas enfermedades. La presencia de ciertos trastornos puede alterar desde la percepción de estímulos hasta la ejecución de movimientos precisos y aumentar así el riesgo de accidentes automovilísticos.
El reconocimiento médico establecido por la DGT evalúa aspectos clave como la visión, el sistema neurológico, la función cardíaca o la existencia de trastornos psicológicos que podrían ocasionar riesgos en la carretera. En caso de padecer alguna de las siguientes enfermedades, la DGT señala que será necesario contar con un informe médico que certifique la ausencia de riesgos. Además, en casos particulares, el conductor deberá renovar su licencia de forma periódica acorde a su diagnóstico.
Si tienes alguna de estas enfermedades no podrás renovar la licencia de conducir
La DGT establece un listado de enfermedades que, según su gravedad y evolución, pueden impedir la renovación del carnet de conducir. Las enfermedades restrictivas son:
- Parkinson.
- Alzheimer.
- Problemas vasculares.
- Depresión.
- Trastorno de la personalidad.
- Demencia o trastorno de ansiedad.
- Trastornos del sueño.
- Arritmias.
- Infarto agudo de miocardio.
- Prótesis valvulares.
- Marcapasos.
- Desfibrilador automático.
- Enfermedades neurológicas.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Epilepsia.
- Accidente isquémico transitorio.
- Enfermedades endocrinas.
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
- Enfermedades digestivas.
- Trasplante renal.
- Nefropatía con diálisis.
- Enfermedades respiratorias.
- Apnea del sueño.
- Enfermedades oncológicas.
- Dolencias oncológicas.
- Enfermedades cardíacas.
- Aneurisma de grandes vasos.
- Disección.
La evaluación médica será determinante en cada caso para renovar el permiso. En algunos escenarios, la DGT puede otorgar el carnet renovado, pero con limitaciones o con una validez más corta. Sin embargo, para otros conductores, la enfermedad puede representar un impedimento definitivo.
¿Cómo renovar la licencia de conducir con una enfermedad preexistente?
Existe la posibilidad de justificar ante la DGT que la enfermedad que afecta al conductor era preexistente a su última renovación y ha podido circular sin inconvenientes a lo largo del tiempo. El paso a paso para presentar esta justificación es el siguiente:
- Acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Allí el solicitante realizará la evaluación médica y, en caso de tener una enfermedad preexistente, se deberá llevar un certificado o informe del médico de cabecera.
- Una vez finalizada la evaluación se renovará el permiso por un periodo que variará en función de la enfermedad preexistente y la edad del conductor.
- Si el solicitante es menor de 70 años, deberá pagar las tasas de tráfico y abonar el costo del reconocimiento médico.
Tras completar el trámite, se entregará un permiso provisional con el que se podrá circular sin restricciones hasta recibir el carnet oficial en el domicilio.