En esta noticia

El Ministerio de Justicia oficializó un cambio en el proceso de cobro de trámites ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. La Resolución 308/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, creó el Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor (MRPA), una nueva unidad de medida para transferencias que reemplazará al actual sistema arancelario, vigente desde 2002 y compuesto por más de cien trámites distintos, cada uno con su propio valor y sus propias reglas de actualización.

El cambio afecta estudios contables y jurídicos que gestionan transferencias de vehículos para sus clientes, a concesionarias, a empresas con flotas propias y a cualquier persona que compre, venda o financie un automotor, una moto o maquinaria agrícola, vial o industrial.

La resolución también modifica el mecanismo por el cual se calculan los emolumentos mensuales de los encargados de los Registros Seccionales.

Cómo es el nuevo Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor

El nuevo módulo se fija en cinco décimas (0,5) de la Unidad de Valor Adquisitivo, la UVA que publica el Banco Central. A partir de su entrada en vigencia, el valor del módulo se va a actualizar cada cuatro meses, tomando como referencia la UVA vigente el día hábil anterior al inicio de cada período. Si el resultado en pesos no es múltiplo de diez, se redondea hacia abajo al múltiplo de diez más cercano.

Tras las modificaciones, el costo de cada trámite registral y de transferencia va a dejar de fijarse en un monto de pesos definido por resolución, para expresarse en cantidad de módulos. El valor final en pesos va a variar automáticamente cada cuatrimestre según la UVA, sin necesidad de que el Ministerio dicte una nueva norma cada vez que haya que actualizar los aranceles.

El nuevo módulo se fija en cinco décimas (0,5) de la Unidad de Valor Adquisitivo, la UVA que publica el Banco Central. A partir de su entrada en vigencia.Fuente: ShutterstockShutterstock

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios tiene un plazo de veinte días, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de la resolución, para proponer un método de clasificación y asignación de módulos a cada uno de los trámites que hoy están enumerados en los anexos de la Resolución 314/2002.

Por lo tanto, aunque la unidad de medida ya está creada y en vigencia, el mapa completo de cuántos módulos corresponden a una transferencia de dominio, a una inscripción inicial, a una baja o a un informe de dominio todavía se va a publicar en las próximas semanas. Hasta que eso ocurra, conviene que los estudios que gestionan trámites registrales sigan el Boletín Oficial para conocer la equivalencia exacta trámite por trámite.

Cambios en la retribución de los encargados de Registro

La resolución también modifica el mecanismo por el cual se calculan los emolumentos mensuales de los encargados de los Registros Seccionales, que hasta ahora se regía por la Resolución 1981/2012. El nuevo esquema mantiene la lógica de descuentos sobre lo recaudado (por ejemplo, se sigue descontando el equivalente a tres módulos por cada arancel de inscripción inicial, o el ciento por ciento de lo percibido por determinados aranceles vinculados a informes y certificaciones), pero ahora expresado en unidades MRPA en lugar de en pesos fijos.

Se mantiene, además, el tope de emolumentos en $ 16 millones, con un adicional del veinticinco por ciento sobre lo que supere ese monto, y un techo máximo de cuarenta millones de pesos por encargado. También se actualizan a módulos los adicionales que cobran los encargados por gestionar delegaciones aduaneras, por atender delegaciones en otro punto geográfico, y por trámites resueltos dentro del mismo día a través del Sistema de Trámites Electrónicos (SITE), entre otros conceptos.

Cambian las transferencias de autos: cuándo entra en vigencia

La creación del módulo y la instrucción a la Dirección Nacional para que proponga la clasificación entran en vigencia desde el día siguiente al dictado de la resolución, es decir, ya están operativas. El resto de la norma, que incluye el nuevo mecanismo de cálculo de emolumentos, entra en vigencia el primer día hábil del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Diferencias con el sistema de transferencias anterior

El sistema anterior tenía más de cien aranceles diferentes, cada uno actualizado de manera discrecional y sin una regla común. Eso generaba, según reconoce la propia resolución, un método complejo de cálculo y determinación tanto para los usuarios como para la administración. Con el nuevo esquema, el criterio de actualización queda atado a una variable objetiva y de conocimiento público, la UVA del Banco Central, lo que en principio simplifica la previsibilidad de costos para quien gestiona transferencias de manera recurrente.

Para estudios contables y jurídicos que asesoran en la compra y venta de vehículos, la recomendación es que, por un lado, sigan de cerca la publicación de la tabla de equivalencias entre trámites y módulos, que debería conocerse dentro de los próximos veinte días hábiles. Por otro las, tener en cuenta que a partir de ahora el costo de cada trámite va a moverse cada cuatro meses junto con la UVA.

Transferencia y registro automotor: ejemplo de aranceles

ConceptoValor
Valor UVA (BCRA, 5/07/2026)$ 2.022,45
1 Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor (MRPA) = 0,5 UVA$1.010
(redondeado al múltiplo de 10 inferior, según establece la norma)
Frecuencia de actualizaciónCuatrimestral, tomando la UVA de 5 días hábiles antes del inicio de cada período
Costo por trámite (transferencia, inscripción inicial, informe de dominio, etc.)Pendiente de publicación
— la Dirección Nacional tiene hasta fines de julio/principios de agosto para proponer cuántos módulos vale cada trámite