Uno de los principales leitmotiv de la gestión de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad fue promover la denominada Ley de Flagrancia, sancionada el 1º de diciembre de 2016 y que pretende resolver, con celeridad, los casos de autor conocido y prueba sencilla, que no superen los 15 o 20 años de prisión en los casos de abuso sexual agravado o el robo con arma de fuego. Y, en pos de ello, desde su cartera se instó en los últimos días a los fiscales a darle velocidad a estos procesos.

El pedido fue tomado desde la Procuración General de la Nación, que en una resolución fechada el 3 de julio y firmada por Eduardo Casal, instruyó a los fiscales nacionales del fuero criminal y correccional a dar "estricto cumplimiento" al procedimiento establecido en el artículo 353 bis del Código Procesal. Y añade que "cuando su aplicación no fuere posible, se deberá dejar expresa mención de las circunstancias que lo impiden en la primera consulta realizada por la fuerza de seguridad preventora".

Bullrich sigue de cerca el tema, en conjunto con el Ministerio de Justicia. Desde allí se confeccionó un informe resaltando los logros de gestión desde que se aprobó la ley. Se convocaron a 52 audiencias y se imputaron a 59 personas, de las cuales el 78% fueron argentinos, un 90% hombres y un 10% mujeres, y el 41% correspondió a una franja etaria de entre los 18 y los 25 años. En el 59% de los casos en los que se debía decidir entre libertad y prisión preventiva, se decidió la libertad, y en el 41% se dictó la "preventiva". Más de seis sobre diez casos fueron o bien tentativa de robo, o hurto.

Un hecho del que se jactan en Justicia es que el 69% de las decisiones definitivas sobre causas de flagrancia se dan en menos de 30 horas. Y, quizás en línea con el reclamo de celeridad que se les achaca a los fiscales, se compara el número de imputados por el delito de flagrancia de los últimos relevamientos.

En diciembre de 2016, fueron 205; en enero de 2017, 103, en abril de ese año, 114, en agosto pasado, 125, y en diciembre último, finalmente, apenas 59. La cantidad de audiencias también fue disminuyendo de manera exponencial. En el primer turno, fueron 145; luego 89, después, 97, 95 y finalmente, en diciembre, 52; casi un 50% menos que en el informe anterior, y una tercera parte de la primera medición que se hizo.

En las conclusiones finales del informe, se hace un planteo sobre la situación relativa a los fiscales. Tras los 205 casos ingresados en el primer relevamiento "se verificó una importante disminución en la aplicación del procediomiento de flagrancia por parte de los operadores del sistema". Y se concluye que se trata de "un dato que refleja que los representantes del Ministerio Público Fiscal han optado por no aplicar el procedimiento en casos en los que correspondía" según la ley.