

Horacio Rosatti, presidente de la Corte Suprema de Justicia, volvió a afirmarque la dolarizaciónque impulsaJavier Mileino se cuadra con lo estipulado en la Constitución Nacional, si es que esta termina implicando la eliminación de la moneda argentina.
Como firma decisiva para cualquier revisión de constitucionalidad, sus declaraciones no fueron pasadas por alto, dado que podría resultar otro actor de bloqueo de la principal medida programática del economista libertario.
Al ser consultado sobre si la eliminación del peso sería inconstitucional o no, el ministro de la Corte subrayó: "¿Cuál es la moneda de un país? La que emite: puede ser peso o patacón o lo que sea. Si una dolarización elimina la moneda argentina es inconstitucional. Si abandono una moneda y me voy enteramente a la otra es un camino que, para mí, es inconstitucional".
El segmento al que hace mención el ministro de la Corte es al Artículo 75 inciso 19 de la Constitución, que le atribuye al Poder Legislativo "proveer lo conducente (...) a la defensa del valor de la moneda".

Según interpreta Rosatti, este lineamiento prohíbe que el Estado no tenga una moneda que pueda regular -ya sea para "emitir" o "regular la base monetaria". "Yo no puedo defender la moneda de Estados Unidos, está claro eso, porque no tengo los resortes", dijo a continuación.
No es la primera vez que el ministro de la Corte Suprema, quien además ejerce la presidencia del Consejo de la Magistratura, expone públicamente su posición frente a la medida que impulsa el líder de La Libertad Avanza.
El año pasado, durante el ciclo "Democracia y Desarrollo", ya se refería a este tema y postulaba: "Escucho que convendría cambiar de moneda, que vayamos a una extranjera. No se puede. Lo dice la Constitución: defensa del valor de la moneda. Significa defensa del poder adquisitivo de la moneda".
La reiteración de esta posición generó una mayor controversia en esta oportunidad: se trata del proyecto insignia del candidato que parte en la pole position para ganar las presidenciales, según la mayoría de las encuestas; por lo que su podría significar un giro significativo de un eventual programa de gobierno (o de su plan de dolarización).
Dolarización: qué opinan los constitucionalistas del planteo de Rosatti
Si bien Milei optó por no expresarse de manera explícita, sí compartió la posición del presidente del Tribunal Federal de la Nación, Miguel Licht, quien enfatizó que "la Justicia no puede censurar medidas que tienen impactos sistémicos.
Consultado por El Cronista, Licht ahondó a los fundamentos de su tuit y dijo que ve "muy difícil que pueda presentarse un caso judicial en caso de sancionarse una norma que convierta las obligaciones nominadas en pesos a dólares", dado que "el presupuesto de toda acción constitucional es que exista 'agravio' fundado en un derecho".
"El derecho que reconoce la Constitución es el derecho a la propiedad. No existe en la Constitución el derecho a establecer obligaciones patrimoniales en 'x' moneda. ¿Cuál es el agravio que podría tener acreedor/deudor de una obligación nominada en pesos si se convierte la obligación a dólares? El único agravio es que se establezca un cambio nominal que no condice con el precio de mercado. En ese único caso se produciría un menoscabo del patrimonio no amparado por la Constitución", explica.
Quien acordó con lo dicho por Rosatti fue el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien, ante la consulta de este medio, explicó: "Actuó más como un doctrinario que como juez, que cuando tenga que actuar como tal, lo hará. Como doctrinarios, muchos decimos la lectura dinámica de la Constitución no habilita ningún tipo de sistema monetario que elimine la moneda nacional".

"[La dolarización de Milei] implicaría una eliminación casi completa del uso diario del peso. Es decir, la sustitución o la eliminación paulatina", completa Domínguez, para luego recordar que la Constitución de 1853 "establecía que tiene que haber un banco central que emita moneda y que el Congreso debía fijar el valor de la moneda".
Así, explicó que el sistema económico ideado por Alberdi, autor intelectual de esa Constitución, "es el que plantea la existencia de la fijación de valor de esa moneda nacional con relación a monedas extranjeras. En su libro Sistema Económico y Rentístico dice 'toda ley que sea contraria a este modelo constitucional es una ley falsía'".
También consultado por El Cronista, el abogado constitucionalista Félix Lonigro opinó que ninguna de las partes del Artículo 75 indica que el Congreso esté obligado a realizar esa defensa del valor de la moneda: "Esta le da 'atribuciones' y no obligaciones".
"El Poder Legislativo tiene la potestad de hacerlo, pero no quiere decir que el Congreso tenga que hacerlo. También dice que el Congreso tiene que instaurar el juicio por jurados y veo que no se ha aplicado", enfatizó el especialista, quien, además, remarcó otra de las dificultades para la judicialización de esa dolarización estará en que haya una legitimación activa, es decir que se pueda demostrar que haya una afectación a partir de esa decisión.












