El ingreso y egreso de dólares en Argentina está regulado por la Dirección General de Aduanas, organismo que depende de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El sistema establece controles sobre el transporte físico de dinero con el objetivo de registrar movimientos de divisas y prevenir irregularidades. ¿Cómo funciona el sistema y qué tener en cuenta antes de viajar?
Toda persona que ingresa o sale del país puede llevar dólares, o su equivalente en otras monedas, sin obligación de declarar.
Cuando el monto es igual o superior al umbral determinado por ARCA, el viajero debe completar una declaración jurada ante la Aduana, informando la cantidad transportada y, en caso de ser requerido, su origen. Veámoslo en detalle.
¿Cuántos dólares se pueden llevar sin declarar?
Toda persona puede ingresar hasta USD 10.000 (o su equivalente en otras monedas) sin necesidad de realizar una declaración. Este límite es:
- Por persona
- Aplicable tanto al ingreso como al egreso.
Para la salida del país, la regla es la misma: el umbral de USD 10.000 define cuándo corresponde declarar.
Tampoco existe un límite máximo formal para egresar dinero en efectivo, pero los montos elevados quedan sujetos a control y pueden requerir justificación sobre su origen.
En la práctica, esto implica que la declaración no solo es obligatoria a partir de ese monto, sino que también puede derivar en verificaciones adicionales por parte de la Aduana.
¿Solo se declaran dólares en efectivo?
La normativa no se limita únicamente al efectivo. También alcanza a otros instrumentos monetarios, como cheques de viajero u órdenes de pago.
En todos los casos, el criterio es el mismo: si el valor total transportado supera el umbral establecido, debe ser declarado.
Si los dólares están en una cuenta bancaria, su traslado al exterior no se rige por las reglas aduaneras de declaración de efectivo, sino por las normas del sistema financiero (bancos, Banco Central de la República Argentina, etc.).
No declarar dólares en Aduana: cuáles son las sanciones
No declarar montos iguales o superiores a USD 10.000 ante la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ARCA, puede generar distintas consecuencias.
La más inmediata es la retención del dinero no declarado, que puede derivar en su decomiso si no se logra justificar el origen. Además, se aplican multas económicas, cuyo monto depende del caso.
Si existen dudas sobre la procedencia de los fondos, puede intervenir la Unidad de Información Financiera (UIF) y, en situaciones más graves, la causa puede pasar a la justicia.