Las empresas que encuadran en laLey de Economía del Conocimiento todavía no han podido comenzar el trámite de inscripción para empezar a obtener los beneficios, pero ya podrían verse afectadas por un nuevo incremento de la presión fiscal. Recientemente el oficialismo dio a conocer el proyecto de ley que enviará al Congreso que modificará la alícuota del impuesto a las ganancias para las compañías, cómo impactaría esta modificación.
El art. 7 de la Ley 27.506, en su versión original, establecía que los beneficiarios no iban a poder ver incrementada su carga tributaria total nacional determinada al momento de su solicitud de adhesión al Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
Sin embargo, la Ley 27.570 modificó el art. 7 y actualmente el mismo establece que los sujetos que estén alcanzados por el Régimen gozarán de la estabilidad de los beneficios.
Según detalló el tributarista Sebastián Dominguez, "este cambio no es menor, porque abre la puerta al incremento de la presión fiscal a lo largo de la vigencia del Régimen de Promoción".
Respecto al Impuesto a las Ganancias, las empresas de la economía del conocimiento tienen como beneficio una reducción de un porcentaje respecto del monto total del impuesto a las ganancias correspondiente a la/s actividad/es promovida/s, determinado en cada ejercicio, de acuerdo con el siguiente esquema: 60% para micro y pequeñas empresas, 40% para empresas medianas y 20% para grandes empresas.
"Como se puede observar, la ley se refiere a una reducción de un porcentaje respecto al monto total del impuesto a las ganancias y no se refiere a una alícuota en particular", apuntó Dominguez.
En consecuencia, sostuvo que "si el proyecto de reforma del impuesto a las ganancias que se ha conocido termina siendo aprobado, las empresas de la ley de economía del conocimiento que tengan ganancias netas de más de $ 2.600.000 verán incrementada la presión tributaria".
A modo de ejemplo, detalló que "para identificar a las empresas que encuadrarían en esta situación, se puede proporcionar la ganancia a un período mensual. Si dividimos los $ 2.600.000 por 12, arroja una ganancia neta mensual de $ 216.666. Considerando el tipo de cambio implícito "Dólar MEP" implica u$s 1.547".
"Es decir, una empresa que gana más de u$s 1.547 o $ 216.666 por mes es considerada una empresa a la cual debe incrementársele la carga tributaria de la siguiente forma, según la categorización MiPYME de la empresa", explicó.
MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS
MEDIANAS EMPRESAS
GRANDES EMPRESAS
Así, los aumentos de la presión fiscal consolidada van casi el 2% al casi el 4% según el tipo de empresa.
A finalizar, Dominguez opinó que "por la importancia del desarrollo de las empresas de la ley de economía del conocimiento, entendemos que se las debería exceptuar del incremento de la alícuota y habilitar la inscripción en el Registro para poder comenzar a gozar de los beneficios fiscales".
Por último advirtió que "la demora en la habilitación que lleva más de un año desincentiva el desarrollo de las actividades en Argentina y puede llevar a tomar decisiones de deslocalizar las operaciones hacia otros países, como ya ha sucedido con diversas empresas".