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Durante junio todos los trabajadores en relación de dependencia que se encuentren registrados recibirán el Salario Anual Complementario (SAC) o medio aguinaldo que corresponde legalmente, pero ¿cómo funciona para las empleadas de casas particulares?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó un instructivo para saber cómo y cuándo pagarlo con el objetivo que tanto empleadas como empleadores conozcan sus derechos y obligaciones en este mes en el que corresponde el medio aguinaldo.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares también realizó un acuerdo en el que le garantizan a las empleadas y empleados un aumento durante este mes del 7%, que se cobró en los primeros días y también un incremento sobre el sueldo de junio que se cobrará en julio del 6% no acumulativo.

Aguinaldo para trabajadoras de casas particulares: cómo y cuándo se paga

Al igual que el resto de los trabajadores, el día límite para pagar el medio aguinaldo en 2023 es el 30 de junio con los montos correspondientes por trabajar los primeros seis meses del año o el proporcional sobre el tiempo que se prestó servicio.

Aguinaldo para empleadas domésticas: cómo se calcula

El monto que corresponde al SAC o medio aguinaldo se calcula con el 50% del mejor sueldo del semestre, en el caso de las empleadas domésticas que tienen un salario fijo mensual, este será junio por los aumentos que recibieron en el último trimestre.

Si la prestación de los servicios es inferior a los seis meses o la relación laboral finalizó antes de concluido el período, se deberá liquidar en forma proporcional al lapso trabajado. El monto surgirá de dividir por 6 los meses trabajados. Por ejemplo, en el caso en que sean 4 meses, la cifra será el equivalente al 66,67% del 50% del mejor sueldo de ese período.

De esta forma, con el aumento en el sueldo y el cobro del medio aguinaldo, las empleadas domésticas cobran en junio 2023 los siguientes montos según su categoría:

CategoríaMonto salario del mes + aguinaldo (con retiro)Monto salario del mes + aguinaldo (sin retiro)
Supervisora$ 175.449$ 195.431
Personal para tareas específicas$ 163.002$ 181.449
Caseros$ 159.035$ 159.035
Cuidado de personas$ 159.035$ 177.227
Personal para tareas generales$ 143.018$ 159.035

¿Se debe incluir el aguinaldo en el recibo de sueldo?

Sí. Tanto en la cuota del SAC de junio como en la de diciembre, la parte empleadora debe incorporar el aguinaldo al recibo de sueldo . Para hacerlo, en estos meses el sistema habilitará la carga de esta opción, a continuación de la celda donde se indica la antigüedad. El recibo debe ser generado en el portal Casas Particulares de la web de la AFIP, tras ingresar con clave fiscal en la opción "Generar recibo de sueldo".

¿Hay un mínimo de horas a partir del cual se percibe el aguinaldo?

No existe un mínimo de horas. Asimismo, cuando termina el contrato de trabajo por cualquier causa, se debe abonar la parte proporcional del SAC.

Empleadas domésticas: cuál es el salario por hora

Para calcular cuál es el salario por horade una empleada doméstica, se deberá tener en cuenta una semana de trabajo de 48 horas semanales:

  • Quienes trabajen menos de 24 horas semanales, deberán tener en cuenta el valor hora de la categoría correspondiente y multiplicarlo por la cantidad de horas en la que prestan servicios.
  • Quienes trabajen más de 24 y menos de 48 horas semanales, tendrán que hacer una regla de tres con el valor mensual de la escala salarial.

Empleadas domésticas: categoría por categoría, cuál es la función de cada una

  • Supervisor/a: es el personal que se encarga de la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
  • Personal para tareas específicas: se trata de los/as cocineros/as contratados/as en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también las tareas domésticas que requieran habilidades especiales.
  • Caseros: es el personal que lleva a cabo tareas de cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Además, es la única categoría que se presume sin retiro.
  • Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
  • Personal para tareas generales: es el personal encargado de prestar tareas generales es aquel que realiza tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la categoría más utilizada, ya que comprende a la empleada doméstica o mucama.