Muchos pueden ser los motivos por los que una empresa decida cerrar sus puertas. En España, para asegurar el funcionamiento de las empresas que están en peligro de desaparecer se implementó un plan para ayudar a facilitar los trámites y reducir los costos de la transmisión de los negocios, para las dos partes que intervienen. En ese país los problemas se originan principalmente, por la falta de relevo generacional; por la modificación del domicilio hacia otro país y por el cambio de la orientación profesional; todas cuestiones sociales.
El objetivo es el de poder paliar la pérdida de puestos de trabajo y de capital económico de la empresa, para que pueda continuar en funcionamiento. Esta idea, un poco lejana por la distancia, sería bueno poder imitarla en Argentina, en donde se agrega como motivo de cierre a los factores sociales, nada menos que los problemas económicos. El Estado interviene intermediando entre los que deciden cerrar y los que quieren ingresar al negocio, adquiriendo la participación societaria, el local y los activos que se poseen.
Los pasos de la operatoria, que es gratuita, son los siguientes:
- Entrevistas en las que se contacta a las partes (vendedores con los potenciales compradores);
- Difusión de las ofertas;
- Acompañamiento de la transmisión mediante el apoyo no oneroso de personal profesional estatal especializado,
- Asesoramiento para los primeros meses de inicio de las tareas de los adquirentes. El programa comprende a todas las actividades económicas.
En Argentina, como se dijo, además de los motivos sociales que pueden originar el cierre de una empresa, influyen principalmente los problemas que genera la economía. Si se transfiere una participación societaria, total o parcialmente, el cedente tiene que pagar el 15% de Impuesto a las Ganancias, por la diferencia entre el valor impositivo de incorporación al patrimonio y el valor actual de la venta, sin reconocimiento alguno de la inflación, salvo para las tenencias originales adquiridas desde el 1 de enero de 2018.
Lógicamente, al no reconocerse la inflación, se paga impuesto por resultados que, en realidad, son irreales. Si la empresa es unipersonal, no existe la continuidad, lo que provoca que deba pagarse Ganancias por el resultado obtenido en la venta de los bienes de cambio y de uso, sin actualización, salvo para los segundos en la medida que se hayan incorporado a partir del 2018.
Asimismo, si es una empresa unipersonal tendría que facturar el débito fiscal del IVA de las existencias en bienes de cambio y de los bienes de uso, por un valor que no podrá ser inferior al crédito fiscal abonado oportunamente, de esta manera se restituye el crédito computado como tal. Sólo están exentas las transferencias que se realicen de marcas y patentes.
Adicionalmente, debería abonarse Ingresos Brutos, salvo para los bienes de uso que son transferidos. En materia laboral también existen cuestiones que deben considerarse, ya que tendrán que abonarse las indemnizaciones laborales que ordena la ley de Contrato de Trabajo, si el personal no es incorporado por el nuevo empleador, reconociéndose la antigüedad a todos los efectos.
En muchos casos, la decisión de cerrar una empresa puede tener que llevar, y sin quererlo, previamente a la quiebra, con todas las consecuencias que ello produce para los trabajadores y proveedores. El hecho de tener que pagar el IVA produce un desfinanciamiento para las dos partes: económico para el que cierra y financiero para el nuevo que se incorpora que no puede recuperar rápidamente el crédito fiscal acumulado. También se corre riesgo por las diferentes contingencias (laborales, comerciales y fiscales) que se pueden originar por la continuidad de la empresa. Dos consultas realizadas en una misma semana de dos empresas, ubicadas en la situación económica inversa, demuestra que el Estado debería tomar nota de esta situación.
Una de ellas, dedicada a la fabricación de calzado, sector que ha sido muy castigado durante los últimos cuatro años, por la exagerada carga tributaria y tarifaria, está buscando la “salida de emergencia de la actividad por motivos económicos, pero no es fácil encontrarla. Otra empresa que creció mucho en la última década, también quiere salir del negocio; el motivo se origina en que los sucesores no quieren continuar con la actividad en un país que está lleno de regulaciones innecesarias y de inestabilidad fiscal; en este caso el motivo es social, la economía no influye directamente.
En ambas situaciones, que están ubicadas en los extremos contrarios, se hacen la misma pregunta: ¿Cómo salir? Buscar la manera de que el IVA no sea un costo económico en la empresa unipersonal o en las sociedades de hecho que salgan, ni un problema financiero para la que ingresa al negocio. Una solución para este caso, sería permitir la continuidad fiscal, de la misma manera que ocurre con las transferencias de las participaciones de las sociedades regulares. En Ingresos brutos tendrían que estar eximidas este tipo de transferencias de bienes de cambio, no existe ningún valor agregado.
En lo que respecta a Ganancias, la solución iría permitiendo la aplicación del ajuste por inflación, sin límites temporales, como ocurre actualmente. En materia laboral, la continuidad de la empresa debería poder cubrirse en lo formal, de esta forma no habrían cambios bruscos que pudieran afectar a los trabajadores ni a ninguna de las dos partes empresarias (los que salen y los que ingresan en la actividad.)
El Estado no puede estar ausente, eso está claro, una forma de estar presente es acompañando el proceso de vinculación de las empresas, en la concreción de la operación y en la transición para los nuevos que se incorporan. Facilitarles los trámites y reducirles los costos a las empresas que entran en crisis y para los que quieren empezar, reduciendo las regulaciones que no sean necesarias, porque sino en los dos extremos se produce el agotamiento fiscal y como resultado las empresas de ambos lados comienzan a mirar dónde está ubicada la “salida de emergencia .