Cómo son los controles que hará la AFIP sobre las inversiones financieras

La administración federal introdujo cambios que, en algunos casos, comenzarán a aplicarse desde 2019. Qué deben tener en cuenta las personas físicas y las empresas.

Mediante una reciente Resolución de la AFIP (4298), se adecuan los controles existentes sobre las inversiones financieras que realizan las personas y las empresas en las entidades financieras. Adicionalmente, se crean nuevos regímenes de información vinculados a las operaciones bursátiles. Este sistema de información llamado “Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER) , abarca a más cuentas que tendrán que informar las entidades financieras. Asimismo, la AFIP aumenta los valores mínimos de las operaciones que tienen que declararse, rigiendo los cambios a partir del 1 de enero del año que viene. Los administradores de fondos de inversión tienen que informarle a la AFIP los movimientos que se hacen con títulos públicos y privados. Por otro lado, la Bolsa de Comercio y la Caja de valores tendrán que cumplir con un régimen informativo anual por las operaciones realizadas durante el año 2018, que deberá presentarse hasta el 28 de febrero de 2019.

Este control ayudará a chequear lo que tendrán que pagar los contribuyentes por varios impuestos. Las tenencias financieras, al 31 de diciembre de 2018, podrán ser consideradas en la próxima presentación de Bienes Personales. Los movimientos financieros y sus rendimientos podrían ayudar al control del novato  impuesto sobre la renta financiera, que recae sobre las personas físicas, introducido por la última reforma que alcanza a los intereses de los plazos fijos y a la renta de los títulos públicos. A partir de este año, los intereses que se obtengan por los plazos fijos y por los fondos de inversión en pesos estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, a la alícuota del 5%. En cambio, si esas inversiones se realizan en dólares o con cláusulas de ajuste pagarán el 15%. Lo mismo ocurre con las utilidades que se obtienen por la venta de títulos públicos, que desde este año deberán pagar el 5% de impuesto cedular de Ganancias, cuando la inversión sea en pesos, o el 15% para las inversiones en moneda extranjera y con cláusula de ajuste. Hasta ahora no hay establecido un mecanismo de retención, y para el cálculo existe una deducción anual de $ 66.917,91, que se aplica proporcionalmente a cada inversión.

Qué tienen que informar, mensualmente, las entidades financieras:

a) Las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, así como cualquier otro tipo de cuenta que el Banco Central establezca en el futuro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.

b) El monto total acumulado de las acreditaciones mensuales cuando el mismo resulte igual o superior a $ 30.000.

c) El monto total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo,  cuando el mismo resulte igual o superior $ 30.000.

d) Los saldos de las cuenta al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes a $ 30.000.

e) El monto total acumulado de los depósitos a plazo constituidos en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a $ 30.000.

f) Los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales -excluyendo los montos de extracciones en efectivo y cualquier otro monto que no implique consumo- en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $ 10.000 mensuales.

g) Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.

h) Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla.

Información que tienen que brindar los agentes que administran fondos de inversión:

 Los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, deberán cumplir con el régimen de información mensual sobre las operaciones que se indican a continuación:

a) Las compras y ventas de títulos valores públicos o privados negociados en el país, y las suscripciones y rescates de cuotapartes de fondos comunes de inversión, que efectúen por cuenta propia o de terceros.

b) Las operaciones de pase y/o caución en las que intervengan.

c) Los movimientos de fondos entre los agentes de liquidación y compensación y sus comitentes registrados en la Comisión Nacional de Valores, o entre las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y sus cuotapartistas, ya sea que se realicen en efectivo, cheque o transferencia bancaria.

En estos casos, la información que se brindará es el resumen de las operaciones, de compras y ventas, efectuadas con los montos de cada una de ellas. Asimismo, hay que brindar los datos personales del titular (CUIL; CUIT; nombre y apellido; denominación; domicilio; etc.) en el caso que sea una persona humana y los datos de la empresa, si corresponde a una persona jurídica.

Régimen para entidades que intervienen en el mercado de valores:

La Caja de Valores S.A., la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión, deberán suministrar anualmente, hasta el 28 de febrero de 2019, a la AFIP la siguiente información:

1-La Caja de Valores S.A. deberá informar la totalidad de los saldos existentes en custodia al 31 de diciembre de cada año calendario, referidos a los títulos valores, detallándose tipo y especie y los datos personales de los inversores.

2-Por otro  La Bolsa de Comercio de Buenos Aires deberá informar para la totalidad de los títulos valores autorizados los datos de los inversores y el tipo de especie del título, cono la cotización al 31 de diciembre.

3-La Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión deberá informar el valor de cuotaparte de la totalidad de los fondos comunes de inversión aprobados por la Comisión Nacional de Valores, al 31 de diciembre de cada año, aportando el tipo de fondo, el valor de la cuotaparte y los datos de las personas y empresas que intervinieron, junto con el valor de cotización que tenía al 31 de diciembre.

Temas relacionados
Más noticias de controles
Noticias de tu interés