

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) puede iniciar procesos de cobro coactivo contra personas que recibieron una herencia y no cumplieron con la obligación de declarar y pagar el impuesto correspondiente por ganancias ocasionales.
Este trámite es uno de los más importantes dentro de los procesos sucesorios en Colombia, ya que el incumplimiento puede derivar en embargos sobre cuentas bancarias, vehículos e inmuebles, además de otras medidas de cobro autorizadas por la ley.
Atención: cuál es el trámite que deben hacer los herederos ante la DIAN
Cuando una persona recibe bienes por herencia, la legislación colombiana establece que ese ingreso debe ser reportado ante la DIAN como una ganancia ocasional.
En 2026, el impuesto aplica sobre el valor neto heredado que exceda las 3.490 UVT, equivalentes a aproximadamente $164 millones. Sobre ese monto se aplica una tarifa del 15%.
Si el heredero recibe los bienes y no presenta la declaración ni realiza el pago correspondiente, la DIAN puede iniciar un proceso de cobro coactivo para recuperar la deuda tributaria.
Las autoridades recuerdan que el embargo no ocurre de manera inmediata ni sorpresiva. Antes de aplicar medidas sobre bienes o cuentas, la DIAN debe emitir un mandamiento de pago y notificar formalmente al contribuyente.

Qué bienes puede embargar la DIAN
Dentro de los procesos de cobro coactivo, la DIAN tiene facultades para ordenar medidas cautelares sobre distintos bienes del contribuyente.
Entre ellos se encuentran:
- Cuentas bancarias.
- Vehículos registrados.
- Propiedades e inmuebles.
- Derechos sobre otros activos reportados a nombre del heredero.
Estas medidas buscan garantizar el pago de las obligaciones tributarias pendientes relacionadas con la herencia.
El riesgo de aceptar una herencia sin beneficio de inventario
Otro escenario que puede afectar a los herederos ocurre cuando la persona fallecida mantenía deudas tributarias pendientes con la DIAN.
Si el heredero acepta la herencia de manera pura y simple, sin tramitar el llamado beneficio de inventario, podría responder con su patrimonio personal si las deudas superan el valor de los bienes heredados.
El beneficio de inventario es un mecanismo legal que limita la responsabilidad del heredero únicamente al valor de los bienes recibidos dentro de la sucesión.
De esta forma, si las obligaciones pendientes exceden el patrimonio heredado, el heredero evita comprometer sus propios bienes personales.
Por qué la DIAN realiza estos controles
La DIAN mantiene controles sobre las sucesiones y herencias porque los bienes recibidos por esta vía generan obligaciones tributarias específicas contempladas en la legislación colombiana.
Las autoridades tributarias pueden cruzar información proveniente de notarías, registros de propiedad, movimientos bancarios y declaraciones tributarias para verificar si el heredero cumplió con la obligación de declarar.
Además del impuesto por ganancias ocasionales, los herederos deben tener en cuenta que cualquier inconsistencia u omisión podría derivar en intereses, sanciones económicas y procesos administrativos adicionales.
Qué deben hacer los herederos para evitar sanciones
Especialistas en derecho tributario recomiendan iniciar oportunamente el trámite de sucesión y verificar si existen obligaciones pendientes antes de aceptar formalmente una herencia.
También aconsejan revisar si corresponde presentar declaración de ganancias ocasionales y calcular correctamente el impuesto que debe pagarse ante la DIAN.
En los casos donde existan posibles deudas del fallecido, el trámite con beneficio de inventario permite proteger el patrimonio personal del heredero y limitar las responsabilidades económicas derivadas de la sucesión.
La legislación colombiana contempla distintos mecanismos de cobro para obligaciones tributarias impagas, por lo que las autoridades recomiendan atender los requerimientos oficiales y mantener actualizada la situación fiscal ante la DIAN.










