

En Colombia, la pensión no representa únicamente un ingreso económico para los ciudadanos, sino también una garantía de estabilidad y dignidad tras años de trabajo. Estos recursos permiten cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud y transporte, asegurando una calidad de vida mínima.
Sin embargo, que se pueda descontar un porcentaje de la pensión constituye un desafío significativo: genera incertidumbre financiera y puede afectar el bienestar físico y emocional de los pensionados. Para muchos, cualquier reducción representa un golpe directo a su seguridad económica.
Este escenario no es hipotético. Conforme al artículo 134 de la Ley 100 de 1993, vigente en Colombia, hasta el 50% de la pensión puede ser embargado, pero solo si se cumple una condición específica. ¿Cuál es?
¿Por qué motivos se puede embargar la pensión en Colombia?
Acorde a la normativa vigente en Colombia, si una persona incumple con el pago de la cuota alimentaria hacia sus hijos o los familiares que tenga a su cargo, un juez puede ordenar hasta el 50% del embargo de su mesada pensional.

Esto también incluye a las personas que ya reciben una pensión que tienen un proceso en trámite para recibirla.
La Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional son claros respecto al pago de estas cuotas: el derecho de los menores a recibir ingresos por sus alimentos prevalece sobre la intangibilidad del salario o pensión.
¿Qué se necesita para avanzar con el embargo?
A pesar de la gravedad del incumplimiento, este tipo de embargos no es automático: requiere de una orden judicial previa y, por ende, de una etapa judicial en donde las autoridades deberán constatar la falta de pago.
Una vez probada la irresponsabilidad, la autoridad pensional deberá bloquear la mitad de los ingresos jubilatorios.
El Código General del Proceso y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia) regula y establece cuál es el monto máximo que puede ser embargado en este tipo de casos. Es por eso que el embargo nunca puede superar el 50%.
Reforma pensional: los cambios que establece en las pensiones
La reforma pensional, liderada por el gobierno de Gustavo Petro y conocida bajo la Ley 2381 de 2024, marca un nuevo rumbo para los sistemas de pensiones en Colombia.
Este nuevo esquema establece un Sistema de Protección Social Integral basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario.

El cambio más relevante es que Colpensiones será la única entidad encargada de administrar las pensiones, mientras que fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia operarán únicamente el componente complementario de ahorro individual (Accai).










