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En Colombia, las personas que incumplen las normas de tránsito pueden recibir diferentes sanciones, que van desde multas económicas hasta la suspensión de la licencia de conducción. Entre las conductas sancionadas se encuentra no detenerse ante un semáforo en rojo o amarillo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.

Sin embargo, cruzar un semáforo en rojo no significa por sí solo que la licencia quede suspendida automáticamente. La legislación contempla una medida más severa cuando el conductor incurre en una nueva infracción dentro del período establecido para la reincidencia.

Qué dice la Ley de Tránsito sobre cruzar un semáforo en rojo

El Código Nacional de Tránsito establece como infracción no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo. Esta conducta corresponde al código de infracción D04 y tiene asociada una sanción económica.

Por lo tanto, un conductor que atraviesa una intersección cuando el semáforo le ordena detenerse puede ser sancionado por las autoridades de tránsito. La infracción también puede quedar registrada cuando es detectada mediante los mecanismos autorizados para el control del tránsito.

La sanción económica no debe confundirse con la suspensión de la licencia. Para que esta última medida entre en juego debe analizarse, entre otros aspectos, si existe reincidencia en las infracciones de tránsito.

Cruzar un semáforo en rojo está contemplado entre las conductas sancionadas por el Código Nacional de Tránsito. (Fuente: Pixabay).
Cruzar un semáforo en rojo está contemplado entre las conductas sancionadas por el Código Nacional de Tránsito. (Fuente: Pixabay).

Cuándo pueden suspender la licencia de conducción

El artículo 124 del Código Nacional de Tránsito establece reglas específicas para los casos de reincidencia. De acuerdo con esta disposición, quien incurra en más de una falta a las normas de tránsito dentro de un período de seis meses puede ser considerado reincidente.

Cuando se configura esta situación, la norma contempla la suspensión de la licencia de conducción durante seis meses. En caso de una nueva reincidencia, la legislación establece condiciones más severas para la suspensión.

Esto significa que la suspensión no debe interpretarse como una consecuencia automática de cruzar una única vez un semáforo en rojo. Lo determinante es la existencia de las condiciones de reincidencia previstas por la legislación y el correspondiente procedimiento administrativo.

Qué otras señales pueden generar una infracción

La conducta sancionada por el código D04 no se limita exclusivamente a cruzar un semáforo en rojo. La disposición también contempla no detenerse ante una luz amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.

Por esta razón, los conductores deben respetar tanto las señales luminosas como las señales verticales que regulan la circulación. Incumplirlas puede generar una infracción y la correspondiente sanción.

En el caso de la reincidencia, estas infracciones pueden ser relevantes para determinar si se cumplen las condiciones que permiten aplicar la suspensión de la licencia establecida por el Código Nacional de Tránsito.

La suspensión no ocurre automáticamente por una sola multa

Es importante distinguir entre cometer una infracción, recibir la sanción correspondiente y llegar a una situación de reincidencia. Que un conductor sea sancionado por cruzar un semáforo en rojo no implica, por sí mismo, que pierda inmediatamente el derecho a conducir.

La suspensión de seis meses está relacionada con la reincidencia contemplada en el artículo 124. Además, la aplicación de una sanción de este tipo requiere que se determine la responsabilidad del conductor mediante el procedimiento correspondiente.

Por eso, la regla no puede interpretarse como que todas las personas que crucen un semáforo en rojo tendrán automáticamente la licencia inhabilitada. La consecuencia dependerá de las infracciones registradas y de si se cumplen los requisitos legales para considerar al conductor reincidente.