La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) lanzó un nuevo llamado dirigido a las personas naturales, empresas y grandes contribuyentes que están obligados a presentar la Información Exógena Tributaria correspondiente al año gravable 2025. La advertencia cobra fuerza en pleno calendario de vencimientos de mayo de 2026, cuando ya comenzaron a correr varias fechas límite para entregar los reportes exigidos por la autoridad tributaria en Colombia.
Según informó la entidad, este proceso resulta clave para fortalecer el control fiscal y detectar inconsistencias en las declaraciones de renta y otros impuestos. Además, la información suministrada permite a la DIAN elaborar declaraciones sugeridas y cruzar datos de operaciones económicas realizadas por contribuyentes en todo el país.
¿Qué información deben presentar los colombianos ante la DIAN en 2026?
La llamada Información Exógena Tributaria corresponde a un conjunto de datos que personas naturales y jurídicas deben reportar sobre operaciones realizadas con terceros. Allí se incluyen movimientos económicos, pagos, ingresos, retenciones, compras, ventas y demás registros que sirven para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La DIAN explicó que estos reportes se convierten en una herramienta fundamental para combatir la evasión fiscal, el contrabando y posibles irregularidades en las declaraciones tributarias.
Por eso, la entidad insistió en que quienes estén obligados a presentar esta información deben revisar cuidadosamente los plazos oficiales y preparar los documentos con anticipación para evitar inconvenientes en la plataforma.
¿Cuáles son las fechas de vencimiento para presentar la información exógena?
La DIAN recordó que el calendario quedó dividido según el tipo de contribuyente y los últimos dígitos del NIT.
En el caso de los grandes contribuyentes, los vencimientos comenzaron el pasado 28 de abril y se extendieron hasta el 13 de mayo de 2026. Quienes no hayan cumplido podrían exponerse a sanciones económicas.
Ahora, el turno corresponde a personas jurídicas y naturales, cuyos plazos arrancaron el 14 de mayo y finalizarán el próximo 12 de junio de 2026.
La entidad reiteró que cada ciudadano o empresa debe consultar la fecha exacta que le corresponde según su número de identificación tributaria.
¿Qué pasa si no se presenta la información exógena a tiempo?
No entregar la Información Exógena Tributaria dentro de las fechas establecidas puede generar multas y sanciones por parte de la DIAN. Además, la ausencia de estos reportes puede despertar alertas en los procesos de fiscalización de la entidad.
Expertos tributarios recomiendan no dejar el trámite para última hora, ya que durante los días de mayor congestión suelen presentarse fallas en plataformas, demoras en cargues de archivos y errores en validaciones técnicas.
La DIAN también recordó que los contribuyentes deben revisar que la información enviada coincida con sus declaraciones y soportes contables para evitar inconsistencias posteriores.
¿Cómo consultar el calendario oficial de la DIAN para declarar impuestos?
La entidad habilitó en sus canales oficiales el calendario tributario completo de 2026, donde aparecen las fechas organizadas según el tipo de obligación y el último dígito del NIT.
Además, la DIAN puso a disposición de los contribuyentes la Cartilla de Presentación de Información por Envío de Archivos 2026, documento que incluye el paso a paso para cargar formatos, especificaciones técnicas y validaciones exigidas por el sistema.
Entre otros plazos especiales que siguen vigentes durante este año aparecen:
- Reportes de la Registraduría Nacional: primer día hábil de marzo.
- Ministerio de Cultura (Formato 2825): primeros 15 días del mes siguiente a cada trimestre.
- Estados Financieros Consolidados y Enajenantes de Acciones: hasta el 30 de junio de 2026.
- Alcaldías y distritos para ICA: plazo máximo hasta el 31 de agosto de 2026.