

La Corte Suprema de Justicia de Colombia fijó un criterio clave que beneficia a pensionados afiliados a fondos privados, al establecer que podrán reclamar una indemnización cuando hayan sido perjudicados por falta de información al momento de trasladarse de régimen pensional.
La decisión fue explicada por la Sala de Casación Laboral, difundida por Semana, donde se precisó que el fallo apunta a personas que terminaron pensionándose en una AFP con una mesada menor a la que habrían obtenido en Colpensiones.

¿En qué casos se otorgará una indemnización a los pensionados?
El alto tribunal indicó que la reparación procede cuando el fondo privado no brindó información clara, suficiente y oportuna sobre las consecuencias del traslado entre regímenes.
Esto incluye situaciones en las que el afiliado no recibió detalles adecuados sobre beneficios, riesgos, requisitos o diferencias entre permanecer en el régimen público o pasar al régimen privado. Si por esa omisión perdió la oportunidad de pensionarse con un ingreso más alto, podrá solicitar compensación económica.
Qué debe demostrarse ante la Justicia
La Corte aclaró que no todos los casos serán automáticos. Para acceder a la indemnización deberán acreditarse tres elementos centrales:
- La existencia de un daño reparable.
- Una conducta culposa por parte de la AFP.
- Relación directa entre esa conducta y el perjuicio sufrido.
Es decir, será necesario probar que la falta de información incidió en la decisión y generó una pérdida concreta para el pensionado.
Cómo calcularán el monto a pagar
El tribunal explicó que adoptó un mecanismo objetivo para que jueces y magistrados puedan cuantificar los perjuicios en cada expediente.
La idea es que la reparación guarde relación con la pérdida sufrida por el afiliado, especialmente cuando la pensión reconocida en el régimen privado resultó inferior a la que habría recibido en Colpensiones. Además, la Corte anunció una herramienta digital en su página web para facilitar esos cálculos en futuros procesos judiciales.

¿Por qué la Corte falló a favor de los afiliados?
Según la sentencia, el problema se originó en la vulneración del derecho de los ciudadanos a tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.
La Corte remarcó que cambiar de régimen es una decisión trascendental, por lo que las administradoras tienen la obligación legal de explicar con transparencia impactos, ventajas y eventuales riesgos. Cuando eso no ocurre y el trabajador resulta afectado, puede generarse responsabilidad patrimonial.
¿Qué significa este fallo para miles de pensionados?
La decisión abre la puerta para que muchas personas revisen cómo fue su traslado al sistema privado y evalúen si hubo omisiones relevantes por parte de la AFP. También refuerza el deber de información de las administradoras y marca un precedente importante dentro del sistema pensional colombiano.












