

Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben anticiparse a la fecha de vencimiento de su licencia de conducción. La normativa vigente exige la presentación de un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado, que acredite la aptitud física, mental y de coordinación motriz.
En caso de que dicho certificado no esté registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es corroborada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por infracciones.
Asimismo, el Ministerio de Transporte establece en la Resolución 217 de 2014 las directrices para la emisión de estos certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores y se torna especialmente relevante en etapas avanzadas de la vida debido a los períodos de validez más cortos.
Certificado en el RUNT: clave para la renovación
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted posea un certificado vigente del examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será denegada. Asimismo, es imperativo que esté inscrito en el RUNT, presente su documento y no tenga comparendos pendientes (o cuente con un acuerdo de pago).
Es importante considerar un aspecto operativo que frecuentemente pasa desapercibido: el certificado médico tiene una vigencia máxima de 6 meses; si se permite que transcurra dicho periodo sin finalizar el trámite, será necesario repetir los exámenes.

¿Cada cuánto se renueva tras los 65 años (y desde cuándo es anual)?
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
No existe una “edad límite” que impida la renovación por sí sola; lo determinante es cumplir con la aptitud médica y la periodicidad establecida.

Guía 2026: costos y pasos
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su municipio.
- Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
- Verifique que no tenga multas pendientes.
- Cancele los derechos del trámite.
En Bogotá, la Ventanilla Única de Servicios (ventanillamovilidad.com.co) publica para 2026 estas tarifas: $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta (sujeto a ajustes locales). Consulte siempre el tarifario vigente antes de asistir.
¿Qué incluye el examen médico y por qué detenemos la renovación?
La Resolución 217 de 2014 establece el estándar técnico para las evaluaciones pertinentes y la expedición del certificado. El CRC verifica que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación que sean compatibles con una conducción segura.
En caso de que el resultado sea no apto, el sistema no permitirá la renovación hasta que se cumplan las condiciones que el profesional indique, tales como tratamientos, ayudas visuales/auditivas u otras medidas.
En síntesis: para los mayores de 65, el “fin” de la licencia ocurre cuando no se acredita la aptitud médica y el certificado no queda registrado en el RUNT. Con el examen al día, la renovación sigue siendo posible dentro de los plazos fijados por la ley.









