Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben prepararse con antelación antes de que expire su licencia de conducción. La normativa vigente exige demostrar aptitud física, mental y de coordinación motriz a través de un examen realizado en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
En paralelo, el Ministerio de Transporte establece, mediante la Resolución 217 de 2014, las directrices sobre la expedición de dichos certificados de aptitud y los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores y se vuelve especialmente relevante en edades avanzadas debido a los períodos de vigencia más reducidos.
Si el certificado no se encuentra registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es corroborada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por multas.
Certificado en el RUNT: clave para la renovación
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted cuente con un certificado vigente de examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será rechazada. Asimismo, es necesario estar inscrito en el RUNT, presentar su documento y no tener comparendos pendientes (o contar con un acuerdo de pago).
Es importante considerar un aspecto operativo que frecuentemente se ignora: el certificado médico posee una vigencia máxima de 6 meses; si transcurre dicho período sin finalizar el trámite, será necesario repetir los exámenes.
¿Cada cuánto se renueva después de los 65 años y cuándo es anual?
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
No existe una “edad límite” que impida la renovación por sí sola; lo determinante es cumplir con la aptitud médica y la periodicidad establecida.
Guía 2026: pasos y costos para no perder la licencia
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su municipio.
- Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
- Verifique que no tenga multas pendientes.
- Cancele los derechos del trámite.
En Bogotá, la Ventanilla Única de Servicios (ventanillamovilidad.com.co) publica para 2026 estas tarifas: $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta (sujeto a ajustes locales). Consulte siempre el tarifario vigente antes de asistir.
¿Qué evalúa el examen médico y por qué puede dificultar la renovación?
La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico para la realización de exámenes y la emisión del certificado correspondiente. El CRC tiene la responsabilidad de verificar que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación adecuadas para la conducción segura.
En caso de que el resultado no sea apto, el sistema no permitirá la renovación hasta que se cumplan las condiciones que el profesional indique, tales como tratamientos, ayudas ópticas/auditivas u otras medidas pertinentes.
En síntesis: para los mayores de 65, el “fin” de la licencia ocurre cuando no se acredita la aptitud médica y el certificado no queda registrado en el RUNT. Con el examen al día, la renovación sigue siendo posible dentro de los plazos fijados por la ley.