

Algunos trabajadores en Colombia disfrutan de un beneficio que pocos conocen: el derecho a 30 días de vacaciones al año.
Esta medida, amparada por el Código Sustantivo del Trabajo y ratificada por el Ministerio de Trabajo, aplica únicamente para ciertos perfiles laborales que, por su actividad, enfrentan condiciones de riesgo que comprometen su salud y bienestar.
¿Quiénes tienen derecho a 30 días de vacaciones al año en Colombia?
De acuerdo con el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo, los trabajadores que se desempeñan en establecimientos privados dedicados a la lucha contra la tuberculosis y aquellos expuestos a la radiación de rayos X, tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por cada seis meses de trabajo continuo, lo que se traduce en 30 días al año.
Esta disposición no aplica para todos los trabajadores, sino para un grupo específico de profesionales cuya labor implica una exposición constante a factores biológicos o radiológicos que afectan directamente su salud.

¿Por qué estos trabajadores tienen 30 días de vacaciones?
El aumento de días de descanso tiene una justificación clara: proteger la integridad física y mental de los trabajadores expuestos a ambientes potencialmente peligrosos.
En el caso de quienes trabajan con rayos X o en la lucha contra la tuberculosis, el cuerpo y la mente se ven expuestos a situaciones de alto estrés, riesgos respiratorios, daños genéticos e incluso cáncer.
Por esa razón, la legislación busca garantizar un tiempo suficiente de descanso que permita a estos profesionales recuperarse física y emocionalmente.

¿Qué dice la ley sobre el tiempo, el registro y el pago de las vacaciones?
El Ministerio de Trabajo ha establecido varios lineamientos que deben cumplir los empleadores para garantizar el derecho a vacaciones:
- El empleador debe definir la época de disfrute de las vacaciones, sin afectar el servicio ni la efectividad del descanso.
- Las fechas deben informarse al trabajador con al menos 15 días de anticipación.
- Es obligatorio llevar un registro especial de vacaciones que incluya:
- Fecha de ingreso del trabajador
- Fecha de inicio y finalización de vacaciones
- Valor de la remuneración otorgada por el descanso
Además, existe la posibilidad de compensar en dinero hasta la mitad de las vacaciones, siempre que haya un acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador.
¿Qué hacer si no le reconocen las vacaciones que le corresponden?
Si a usted no le han reconocido este derecho o su empleador incumple con lo establecido en la ley, puede tomar acciones legales. Desde el Ministerio de Justicia explican que el primer paso es intentar una conciliación a través de:
- Inspección de Trabajo
- Casa de Justicia
- Defensoría del Pueblo
- Personería Municipal
- Consultorios jurídicos de universidades
Allí recibirá asesoría gratuita y orientación sobre cómo proceder para reclamar el cumplimiento de sus derechos laborales.












