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En el estado de California, el gobierno tiene la autoridad para embargar y suspender la licencia de conducir de cualquier persona que no haya cumplido con el pago de una sentencia judicial relacionada con un accidente de tráfico.

El Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) del estado tiene la potestad de llevar a cabo dicha suspensión a solicitud del acreedor, una vez que la deuda permanece impaga tras el fallo del tribunal.

Este mecanismo se aplica a sentencias emitidas por accidentes ocurridos en las carreteras de California. Si el deudor no efectúa el pago dentro de los plazos pertinentes luego de que la sentencia quede firme, el acreedor tiene la posibilidad de iniciar el proceso ante el DMV para suspender la licencia del responsable.

El procedimiento está disponible tanto para casos de corte de reclamos menores como para procesos civiles de mayor envergadura.

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¿Qué ocurre con la licencia si no se cumple con el pago de la sentencia?

La duración de la suspensión está condicionada al monto de la deuda pendiente. Para deudas que no superen los u$s 1.000, la licencia podrá ser suspendida por un máximo de 90 días; sin embargo, esta medida se aplicará únicamente al conductor directo y no al titular registrado del vehículo y únicamente en el supuesto de que la deuda permanezca impaga por más de 90 días desde que la sentencia se volvió definitiva.

Si la deuda sobrepasa los u$s 1.000 y no se salda 30 días tras adquirir firmeza, el DMV podrá colocar una suspensión en la licencia, tanto del conductor como del propietario registrado del vehículo, por un período que puede extenderse hasta seis años. En este caso, existen ciertas excepciones que es recomendable consultar con un especialista en reclamos menores.

El Gobierno puede suspender la licencia cuando no se cumple con ciertas obligaciones económicas.Shutterstock

Cómo se inicia el proceso y de qué manera se puede recuperar la licencia de conducir

Para activar la suspensión, el acreedor debe completar el formulario correspondiente —DL 17 para deudas de hasta u$s 1.000, o DL 30 para montos superiores—, certificarlo ante el juzgado y enviarlo al DMV junto con una copia certificada del fallo y el pago de la tasa. Los formularios pueden consultarse en dmv.ca.gov o en cualquier sucursal del DMV.

Quien posea su licencia suspendida puede recuperarla de dos maneras:

  • Pagar la totalidad de la deuda, obtener una copia certificada del finiquito judicial (Satisfaction of Judgment) y enviarla al DMV.
  • Solicitar al juez un plan de pagos en cuotas, presentar una orden certificada del tribunal, el formulario SR-22 de la aseguradora y abonar la tasa de reemisión ante el DMV.

En ambos casos, el deudor también debe acreditar que cuenta con seguro de responsabilidad civil vigente para que el DMV proceda a reemitir la licencia.

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