El estado de Florida estipula claramente dentro de sus regulaciones vigentes cuáles son los pasos que las autoridades deben seguir si, al momento de anotarlo en los documentos oficiales, sus padres no llegan a un acuerdo sobre el apellido con el que lo anotarán.
Esta decisión, que queda registrada en el certificado de nacimiento, dependerá directamente de quién tenga la custodia del bebé y, cuando ambos progenitores la compartan, ante la ley tendrán el mismo derecho de nombrar a su hijo.
Todos estos bebés serán anotados con doble apellido, incluso si el padre o la madre no están de acuerdo
Según lo indican los Estatutos de Florida -la compilación oficial y organizada de leyes vigentes del estado- en su Sección 013 dedicada al registro de nacimiento, cuando un padre y una madre que comparten la custodia del bebé y figuran en su certificado de nacimiento discrepan por el apellido que cada uno elige, el bebe se inscribirá con ambos apellidos separados por un guion, aunque los padres no estén de acuerdo.
El orden en el que se inscribirán estos apellidos estará determinado por el lugar alfabético de la inicial de cada uno.
Qué sucede si los padres no están de acuerdo con el nombre del bebé
Aunque el no acordar un apellido puede resolverse de manera instantánea en función de los pasos estipulados, el no concordar un nombre podría demorar el registro del bebé.
En estos casos, cuando no se determina el nombre, el niño no podrá ser inscripto en su certificado hasta que se presente un acuerdo notariado por ambos padres o hasta que el nombre sea decidido por un tribunal.