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Una disposición estatal de la Ley de Alquileres en Florida especifica estrictamente los casos que habilitan a un propietario a desalojar inmediatamente a un inquilino. La normativa busca regular la relación entre ambas partes y habilita la intervención legal cuando se quiere finalizar o anular un contrato de vivienda.
Se trata de la Ley de Arrendadores e Inquilinos Residenciales de Florida, conocida como Florida Residential Landlord and Tenant Act, incorporada en el Capítulo 83, Parte II, de los Estatutos de Florida. De esta forma, se fija las obligaciones de ambas partes y detalla las circunstancias en las que el propietario puede resolver el contrato y reclamar la restitución de la vivienda.
La Ley de Alquileres en Florida habilita el desalojo inmediato en estos casos
El artículo 83.56 de los Estatutos de Florida establece las causales de terminación del contrato por incumplimiento. Entre ellas se encuentra la falta de pago del alquiler, supuesto en el cual el propietario debe entregar un aviso escrito de tres días para que el inquilino pague la suma adeudada o entregue la posesión del inmueble.
Cuando el incumplimiento no está relacionado con el pago, como violaciones sustanciales del contrato o del reglamento de la propiedad, la ley prevé un aviso de siete días para corregir la falta o abandonar la vivienda. En determinados casos graves, la terminación puede realizarse sin posibilidad de subsanar el incumplimiento.
Cómo funciona el proceso legal para recuperar el inmueble
La finalización del contrato no habilita por sí sola el desalojo inmediato. El artículo 83.59 de los Estatutos de Florida dispone que el propietario debe iniciar una acción judicial para recuperar la posesión del inmueble si el inquilino no desocupa voluntariamente.
Asimismo, el artículo 83.58 contempla la situación en la que el arrendatario permanece en la propiedad luego del vencimiento del contrato, lo que permite al propietario acudir a los tribunales para solicitar la restitución.
Cuándo el inquilino debe abandonar la propiedad
De acuerdo con la disposición estatal vigente, el inquilino debe abandonar la vivienda cuando se ha configurado una causal prevista en el artículo 83.56 y un tribunal ha emitido la correspondiente orden conforme al artículo 83.59.
En consecuencia, la ley de alquileres en Florida establece un procedimiento claro y obligatorio que debe cumplirse antes de que un propietario pueda anular el contrato y recuperar legalmente la propiedad.