

El Código Administrativo de Alabama establece en su sitio oficial las directrices que todos los progenitores deben observar al momento de anotar el nombre y apellido de sus hijos recién nacidos en los registros pertinentes.
A pesar de que el estado es reconocido por su flexibilidad respecto a este trámite del Registro Civil, resulta que todos los apellidos deben satisfacer una serie de criterios básicos para ser considerados aceptables, entre los cuales se encuentra el tipo de letra utilizado para su inscripción.
Los descendientes no podrán ser registrados con apellidos que incluyan las letras mencionadas.
Conforme a lo estipulado por las normativas estatales, los progenitores tienen la facultad de registrar a sus descendientes con el apellido de su elección, sin restricciones significativas en la escritura, ya que se consideran válidas las combinaciones, guiones y apóstrofes.
Un aspecto fundamental para la aprobación de tales denominaciones es que estén íntegramente compuestas por caracteres en inglés, dado que las letras pertenecientes a otros alfabetos no son aceptables.

Otros criterios que deben satisfacer los apellidos para ser considerados aceptables
Además, se requiere que los apellidos no se escriban:
- Con números
- Con puntos
- Con símbolos
Información relevante que todos los progenitores deben considerar
En Alabama, la normativa vigente establece que los progenitores de un infante no están obligados a otorgarle su apellido, sino que poseen la facultad de seleccionar uno diferente, siempre que se ajusten a los requisitos previamente mencionados.
En la práctica, esto no solo implica que no existe un deber legal de transmitir su apellido -aunque se tiene plena libertad para ello-, sino que, adicionalmente, el menor podrá ser registrado con un apellido honorífico o uno que sea completamente original.











