La documentación oficial que permite a ciertos extranjeros ingresar legalmente al país sin necesidad de portar una Real ID, una visa o un pasaporte ha sido confirmada por Estados Unidos. Esta opción es aplicable en circunstancias específicas y se encuentra sujeta a la supervisión de las autoridades fronterizas.
Dicha documentación es reconocida en los puertos de entrada de todos los estados y actúa como prueba legal de residencia para un considerable número de individuos que desean viajar al país.
¿Qué documento permite el ingreso a Estados Unidos sin Real ID, visa o pasaporte?
La Green Card, conocida también como Tarjeta de residente permanente, es el documento que permite la entrada. Siempre que esté vigente y no haya expirado, es suficiente presentarla ante los oficiales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para obtener la autorización de reingreso.
Adicionalmente, se pueden presentar identificaciones secundarias como licencia de conducir o credencial extranjera.
Requisitos básicos
- Presentar una Green Card válida y sin expirar.
- Que el viaje al extranjero sea temporal y no exceda un año.
- Mantener vínculos claros con Estados Unidos, tales como empleo, familia, cuentas bancarias o propiedades.
En caso de ausencias que superen un año, se aconseja gestionar un permiso de reingreso (Form I-131) antes de salir. Esto evita la necesidad de solicitar una visa de residente retornante (SB-1) en una embajada.
Consecuencias de perder el documento de residencia en el extranjero
Puntos clave a tener en cuenta
- El Form I-131A no reemplaza la Green Card, únicamente autoriza el vuelo.
- Al llegar a Estados Unidos, es obligatorio iniciar la reposición de la tarjeta.
- Ausencias prolongadas pueden interpretarse como abandono de residencia, lo que también afecta los requisitos de naturalización. En esos casos, puede ser necesario presentar el Form N-470 para preservar la residencia continua.
En caso de que la tarjeta se extravíe, sea sustraída o destruida durante el viaje, el residente tiene la opción de solicitar un Documento de Viaje de Transportista (Form I-131A) en la embajada o consulado más cercano. Este documento permite a las aerolíneas embarcarlo hacia Estados Unidos sin penalizaciones.