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Recibir una herencia tras el fallecimiento de un familiar puede implicar obligaciones fiscales que muchos contribuyentes desconocen. En Estados Unidos, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) controla determinados movimientos de dinero provenientes del exterior y puede aplicar sanciones económicas si no se cumplen los requisitos de información establecidos por la ley.

Las multas no están vinculadas directamente al cobro de la herencia, sino a la omisión en la presentación de formularios obligatorios. El incumplimiento puede derivar en penalidades elevadas y, en casos extremos, en acciones de cobro forzoso por parte del Gobierno.

Alerta del IRS: multan a los contribuyentes que reciben herencias de esta forma

Cuando una persona residente o contribuyente en Estados Unidos recibe dinero o bienes desde el extranjero por una herencia o donación familiar, debe informar esa operación al IRS si el monto supera los 100.000 dólares en un mismo año calendario. La obligación rige tanto para transferencias en efectivo como para bienes o activos financieros.

Para cumplir con esta exigencia, el contribuyente debe presentar el Formulario 3520, que tiene carácter informativo. No se trata de un impuesto automático, sino de un reporte obligatorio que permite al organismo fiscal verificar el origen del dinero y descartar maniobras irregulares o evasión.

IRS aplica sanciones a las personas que no declaran herencias de cifras altas. Fuente: Archivo.

Si el formulario no se presenta en tiempo y forma, o contiene errores, el IRS queda habilitado a aplicar sanciones económicas que se calculan sobre el valor total de la herencia recibida.

IRS procede con embargos a quienes no saldan sus deudas

La sanción prevista por la normativa es del 5% mensual sobre el monto no declarado, por cada mes de retraso en la presentación del formulario. Esta penalidad puede acumularse hasta alcanzar un máximo del 25% del valor total de la herencia o donación proveniente del exterior.

Si la deuda no se regulariza, el organismo tiene facultades para iniciar procesos de cobro, que pueden incluir el embargo de cuentas bancarias, la retención de devoluciones de impuestos o la imposición de gravámenes sobre bienes personales. Estas medidas no se aplican de forma automática, pero sí son una posibilidad real cuando el contribuyente ignora las intimaciones formales.