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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos advierte a todos los contribuyentes sobre la importancia de contactarse con urgencia al recibir un Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia, pues de lo contrario, el próximo paso podría ser la efectivización de un embargo.

El Código de Impuestos Internos (IRC) autoriza la confiscación de los bienes de un deudor para saldar obligaciones tributarias pendientes. Así, entre la propiedad que puede verse afectada por esta medida se encuentran las viviendas, que una vez pasan a estar bajo potestad del IRS podrán ser subastadas.

"Si no puede pagar lo que adeuda, debe pagar todo lo que pueda por el momento y trabajar con el IRS para resolver el saldo pendiente. La clave es ser proactivo, así que ¡no ignore los avisos de cobro del IRS!", detalla el organismo en su sitio web oficial.

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Propiedades en peligro: los pasos que sigue IRS antes de quitar una vivienda

De acuerdo con la agencia federal, existen cuatro instancias que deben concretarse antes de que se aplique un embargo sobre la propiedad de un contribuyente. Estas son

  • El IRS determina el impuesto y le envía una factura al contribuyente
  • La persona no paga sus impuestos
  • IRS envía un Aviso Final de Intención de Embargo y sus Derechos a una Audiencia al menos 30 días antes de imponer la penalización
  • IRS envía un aviso por adelantado indicando que puede comunicarse con terceros (como bancos, empleadores, clientes o contadores) para obtener información sobre su situación fiscal.

Medida tomada: esto es lo que sucede cuando IRS oficializa el embargo de una vivienda

Cuando IRS confisca una vivienda, calcula un precio mínimo de venta para la subasta y ofrece al contribuyente la oportunidad de disputar su valor de mercado.

Posteriormente, la agencia recaudadora anuncia la venta a través de periódicos locales o boletines públicos. "Tras emitir aviso público, el IRS suele esperar un mínimo de 10 días antes de vender su propiedad", se indica.

Las ganancias de la venta cubren primero los gastos de haber efectuado la operación y el restante se destina a saldar la deuda tributaria. "Si sobra dinero de la venta después de liquidar su deuda, el IRS le explicará cómo conseguir un reembolso del mismo", señaló IRS.

Excepciones a la regla: situaciones en las que IRS no puede quedarse con una vivienda

El organismo especifica que no se puede embargar la propiedad si el contribuyente tiene un Plan de Pagos a Plazos o un Ofrecimiento de Transacción vigente o pendiente.

Tampoco se aplicará esta sanción cuando se consideraque la imposición del embargo impediría al contribuyente satisfacer sus gastos básicos para la vida.

Bajo estas circunstancias, el embargo ya impuesto también puede ser liberado. Es esencial tener en cuenta que esta acción no quita al contribuyente la responsabilidad de saldar su deuda.