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El Internal Revenue Service (IRS) cerró la temporada de impuestos el 15 de abril de 2026 y quienes no hayan presentado su declaración fiscal correspondiente al ciclo 2025 podrían enfrentar consecuencias.

No obstante, IRS tiene mecanismos de prórrogas en determinados casos, como quienes viven en el exterior de Estados Unidos en el momento original del vencimiento. Se trata de casos excepcionales, y en determinadas situaciones puede aplicarse de forma automática.

IRS tiene mecanismos de prórrogas en determinados casos, como quienes viven en el exterior de Estados UnidosEl Cronista | Shutterstock y EFE

IRS castigará uno por uno a todos estos contribuyentes: ¿Hasta cuándo se extendió el plazo y en qué casos?

El gobierno asigna una prórroga automática hasta el 15 de junio a todos los ciudadanos y residentes permanentes que vivan y trabajen fuera de Estados Unidos y Puerto Rico en el momento de la fecha límite original. Esta instancia se aplica de forma automática.

Adicionalmente, quienes no puedan presentar la declaración de impuestos antes de esta fecha se podrá solicitar otra prórroga extra hasta el 15 de octubre presentando el formulario 4868.

En casos excepcionales, algunos contribuyentes podrán solicitar una extensión hasta el 15 de diciembre.

¿Cómo puede castigar IRS a quiénes no hayan realizado este trámite?

Si un contribuyente no entrega la declaración de impuestos dentro del plazo que corresponde y adicionalmente, tiene deudas fiscales, el IRS puede multar por presentación tardía con el sistema “Failure-to-File Penalty”, que equivale al 5% del impuesto adeudado por cada mes o fracción de mes que haya de retraso, con un máximo del 25%.

En el caso de que la demora supere los 60 días, la sanción mínima puede ascender a 484 dólares o al 100% del impuesto adeudado, el monto que resulte menor.

Información importante que todos deberían saber

Por más de que IRS aplique la prórroga automática en los casos compatibles, no desaparece la obligación de pagar, por lo que si el contribuyente debe impuestos debía haber realizado el paso antes de la fecha original del vencimiento, es decir, el 15 de abril.