El beneficio del IRS que nadie conoce y puede ahorrarte miles de dólares: ¿quiénes pueden acceder?
El Servicio de Impuestos Internos ofrece un crédito que representa un importante alivio financiero y pocos contribuyentes están al tanto.
Los contribuyentes de bajos ingresos en Estados Unidos pueden acceder a un beneficio fiscal que muy pocos conocen. Pese a que significa un importante alivio financiero, la gran mayoría que cumplen los requisitos para solicitarlo no lo reclaman.
Este extra es el Crédito por Contribuciones a los Ahorros para la Jubilación, también conocido como "crédito del ahorrador". Se trata de un beneficio ofrecido por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) para incentivar a las personas a ahorrar a largo plazo.
"Crédito del ahorrador": ¿de qué se trata este desconocido beneficio del IRS?
Este programa del IRS ofrece a los contribuyentes la posibilidad de obtener un beneficio fiscal para realizar aportes a cuentas de jubilación. Las personas que cumplen los requisitos pueden recibir un crédito de hasta USD 1000 y las parejas de USD 2000.
Es importante destacar que:
- Los interesados tienen tiempo hasta el 15 de abril para solicitar el beneficio.
- Este crédito no es reembolsable, esto quiere decir que solo puede utilizarse para reducir la cantidad de impuestos adeudados, pero no generar una devolución extra su la deuda es cero.
- Su aplicación depende del ingreso bruto ajustado y del estado civil del declarante.
Para acceder al 50% del crédito, los ingresos anuales no deben superar los USD 23.000 en el caso de los contribuyentes solteros y los USD 46.000 en el caso de las parejas casadas. A medida que los ingresos aumentan, el porcentaje de este beneficio va disminuyendo hasta llegar al mínimo del 10%.
¿Quiénes pueden acceder al "crédito del ahorrador"?
El IRS ofrece en su sitio oficial una herramienta para que los contribuyentes puedan evaluar si clasifican al beneficio. Los requisitos que exige el organismo para poder acceder a este beneficio fiscal:
- Tener 18 años o más
- No depender de la declaración de impuestos de otra persona
- No ser estudiante