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¿Qué es el ATP?

El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) es un programa estatal diseñado para sostener en pie a las compañías afectadas en su facturación por las restricciones aplicadas por la pandemia de coronavirus. Es una asignación compensatoria al salario abonada por la ANSeS para todos los trabajadores en relación de dependencia de empresas del sector privado que realicen actividades afectadas en forma crítica y registren una variación nominal negativa en su facturación comparando los meses de noviembre 2020 y noviembre 2019. En el caso de personal de Salud, para acceder al beneficio se debe registrar una variación nominal positiva de entre 0 y 35%, comparando septiembre de 2020 con septiembre de 2019.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al ATP?

Para poder acceder a los beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la empresa o empleador debe cumplir con algunos de estos requisitos: desarrollar actividades económicas afectadas, ya sea en forma crítica o no crítica contar una parte de trabajadores en aislamiento obligatorio, ausencia por estar en grupo de riesgo, contacto estrecho u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19; registrar una variación nominal negativa en la facturación, comparando septiembre de 2020 con septiembre de 2019; en el caso de personal de Salud, registrar una variación nominal positiva de entre 0 y 35%, comparando septiembre de 2020 con septiembre de 2019.

¿Quiénes están excluidos del salario complementario?

Están excluidos de los beneficios del Programa ATP las personas que realizan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y con personal exceptuado del cumplimiento del "aislamiento social preventivo y obligatorio".

¿Qué beneficios tiene el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)?

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) tiene por beneficios: la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino; la promoción del Salario Complementario, una asignación que paga el Estado Nacional para trabajadores en relación de dependencia del sector privado; sistema integral de prestaciones por desempleo; crédito a tasa subsidiada para empresas y crédito a tasa cero para monotributistas y trabajadores autónomos.

¿Cómo se paga el salario complementario?

El Salario Complementario debe ser depositado en la cuenta bancaria del trabajador y el empleador debe informar los datos de las cuentas y CBUs. La condición excluyente para acceder al beneficio del salario complementario es que los trabajadores tengan a su nombre una cuenta bancaria.

¿Cuáles son las obligaciones de los empleadores que solicitan el pago del salario complementario?

Los empleadores que soliciten el pago del Salario Complementario para sus trabajadores asumen una serie de obligaciones, tales como: no recomprar sus acciones directa o indirectamente; no distribuir utilidades por períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; no podrán realizar erogaciones de ningún tipo a sujetos que estén relacionados con el beneficiario cuyo domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación; tampoco podrán adquirir títulos valores en pesos para vender posteriormente en moneda extranjera. El empleador deberá cumplir las obligaciones mencionadas en durante el ejercicio en que fue solicitado el beneficio y durante los 12 meses siguientes a la finalización del mismo.

¿Qué es el salario complementario?

El Salario Complementario es una suma que la ANSES paga a los trabajadores en relación de dependencia siempre y cuando sus empleadores cumplan con las condiciones para ingresar al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). El monto del Salario Complementario no puede ser menor a un salario mínimo, vital y móvil ni mayor a dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes. Este se imputará a cuenta del pago de las remuneraciones y el empleador deberá pagar el saldo restante.