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El Banco del Bienestar realiza los pagos de distintos programas sociales del Gobierno de México, pero existen situaciones previstas en las reglas de operación que pueden provocar la retención de los apoyos a una persona beneficiaria.

Una de las causas está relacionada con inconsistencias en los datos de identificación. De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para 2026, cuando se detectan determinados problemas en la documentación de identidad, el apoyo puede quedar retenido y, si la situación continúa, derivar en la suspensión del padrón.

Atención: qué error puede provocar la retención de la pensión

Las reglas oficiales establecen que una de las causales de retención de los apoyos aparece cuando existen inconsistencias en los datos de identificación de la persona beneficiaria.

Esto puede ocurrir cuando los documentos de identidad presentados son apócrifos, corresponden a los datos de otra persona o cuando la información contenida en los documentos no coincide entre sí. En estos casos, la autoridad establece la retención del apoyo correspondiente.

La medida no significa que cualquier pequeño error provoque automáticamente la baja de la pensión. Las reglas contemplan diferentes etapas y procedimientos antes de llegar a una suspensión o baja definitiva del padrón.

Cuándo la retención puede convertirse en una suspensión

Las Reglas de Operación establecen que, cuando una persona permanece durante dos bimestres de pago en la causal de retención por inconsistencias en sus datos de identificación, se puede proceder a la suspensión del padrón de beneficiarios.

Cuando se aplica la suspensión, la Instancia Ejecutora no realiza la emisión del apoyo correspondiente al bimestre y el registro queda identificado en el padrón con la situación y la causal de suspensión correspondiente.

Por este motivo, es importante distinguir entre una retención y una suspensión: la primera es la medida inicial contemplada ante determinadas inconsistencias, mientras que la segunda puede aplicarse si la situación se mantiene durante el periodo establecido por las reglas.

Qué otros motivos pueden provocar la retención de los apoyos

Las inconsistencias en los datos de identificación no son la única causal contemplada por las reglas. También se establecen otras situaciones que pueden llevar a la retención de los apoyos:

  • Posible duplicidad: cuando se detectan dos registros de una misma persona en el padrón, se puede retener el registro de menor antigüedad.
  • Inconsistencias en el medio de pago: cuando se detecta alteración, duplicación o falsificación del documento o de los registros asociados al medio de cobro.
  • No localización: cuando la persona beneficiaria o su persona adulta auxiliar no es localizada después de las visitas previstas.
  • No recoger el medio de pago: cuando la persona beneficiaria o su persona adulta auxiliar no se presenta a recogerlo.
  • Inconsistencia de datos: cuando no se realiza la actualización correspondiente ante el Registro Nacional de Población (RENAPO).
  • Incumplimiento de las Reglas de Operación: cuando la Instancia Ejecutora detecta un incumplimiento de las disposiciones del programa.
  • Dos no cobros consecutivos: en determinados casos de pago en efectivo, cuando el apoyo emitido no es cobrado en dos ocasiones consecutivas.
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Qué puede hacer una persona si le retienen el apoyo

Las reglas señalan que, cuando un apoyo es susceptible de retención, la persona derechohabiente o su persona adulta auxiliar puede conocer el motivo de la retención, la cantidad de bimestres involucrados y las acciones necesarias para dejar de encontrarse en esa situación al acudir a las oficinas de atención ciudadana de la Secretaría de Bienestar.

Además, la Secretaría de Bienestar debe garantizar el derecho de audiencia a las personas que se encuentren en retención. En caso de que se aclare la causal correspondiente, las reglas contemplan la posibilidad de reexpedir los pagos de los apoyos que correspondan.

Cuándo puede producirse la baja del padrón

La normativa también contempla una baja definitiva del padrón para determinadas causales. En el caso de las inconsistencias en los datos de identificación, las reglas establecen que después de dos bimestres en situación de suspensión por esa causa puede procederse a la baja del padrón.

Por eso, ante un problema de identificación, la situación puede avanzar por distintas etapas: retención del apoyo, suspensión del padrón y, si la causal continúa bajo las condiciones establecidas, baja definitiva.

La información oficial puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación, donde fueron publicadas las Reglas de Operación del programa para el ejercicio fiscal 2026.