Las reglas de la sucesión legítima establecen cómo se reparte una herencia cuando una persona fallece sin un testamento válido o cuando este es declarado nulo. En esos casos, el Código Civil determina quiénes heredan y en qué proporción, incluyendo los derechos del cónyuge sobreviviente frente a hijos, padres o hermanos del fallecido.
Uno de los aspectos que suele generar más dudas es qué ocurre cuando existen hijos vivos. Aunque muchas personas creen que el cónyuge queda desplazado de la herencia, la legislación prevé que también pueda participar en el reparto, bajo las condiciones previstas por la ley.
Qué derechos tiene el cónyuge cuando hay hijos
Cuando una sucesión se tramita sin un testamento válido y el fallecido deja hijos, el cónyuge sobreviviente no queda automáticamente excluido de la herencia.
La legislación establece que el cónyuge puede tener derecho a una porción equivalente a la de un hijo cuando carece de bienes propios o cuando el patrimonio que posee no alcanza el valor que correspondería a la porción hereditaria de cada descendiente.
Si el cónyuge ya cuenta con bienes propios, la ley dispone que solo recibirá lo necesario para igualar el valor de la porción que correspondería a un hijo. Por ese motivo, no se trata de una igualdad automática en todos los casos, sino de una regla que depende de la situación patrimonial del sobreviviente.
Cómo cambia la herencia según quiénes sean los herederos
Las reglas son diferentes cuando el fallecido no deja hijos y concurren otros familiares.
Si el cónyuge hereda junto con los ascendientes (como padres o abuelos), la herencia se divide en dos partes iguales: una corresponde al cónyuge y la otra a los ascendientes.
En cambio, si concurren únicamente hermanos del fallecido, el cónyuge tiene derecho a dos tercios de la herencia, mientras que el tercio restante se distribuye entre los hermanos.
En estos dos supuestos, el hecho de que el cónyuge tenga bienes propios no modifica la porción hereditaria que le corresponde.
Qué pasa si no existen otros herederos
Cuando la persona fallecida no deja descendientes, ascendientes ni hermanos, el cónyuge sobreviviente hereda la totalidad de los bienes.
Estas reglas se aplican en los casos de sucesión intestada, es decir, cuando no existe un testamento válido o cuando un juez declara su nulidad. En esas situaciones, el reparto de la herencia se realiza conforme al orden de herederos previsto por la legislación.
Cómo se reparte la herencia según quiénes sobreviven al fallecido
- Con hijos: el cónyuge puede recibir una porción equivalente a la de un hijo si no tiene bienes propios suficientes; si ya posee patrimonio, la porción se ajusta para igualarla.
- Con padres o abuelos: la herencia se divide en partes iguales entre el cónyuge y los ascendientes.
- Con hermanos: el cónyuge recibe dos tercios de la herencia y el tercio restante corresponde a los hermanos.
- Sin hijos, padres ni hermanos: el cónyuge hereda la totalidad de los bienes.