El Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca obtener del Congreso una facultad inédita: acceder en tiempo real a las plataformas digitales y, en caso de incumplimiento fiscal, ordenar el bloqueo temporal de servicios como Netflix, YouTube, Spotify, Amazon Prime o Disney+.
La propuesta forma parte del proyecto de reforma al Código Fiscal de la Federación 2026, que contempla la creación del artículo 30-B. Este apartado obligaría a los proveedores de servicios digitales a otorgar al organismo conexión permanente, en línea y en tiempo real con los datos generados en sus sistemas centrales.
Conoce los detalles de esta iniciativa y prepárate para usar los servicios de streaming, bajo las condiciones impuestas por las autoridades mexicanas.
¿Qué medida tomará el SAT con los servicios de streaming?
La iniciativa propone que, si las plataformas incumplen con la entrega de información o con el pago de impuestos, la autoridad fiscal podría ordenar su suspensión temporal.
El bloqueo se aplicaría a través de concesionarios de telecomunicaciones, siguiendo las disposiciones ya previstas en la Ley del IVA. Ejemplo:
- Telmex
- Telcel
- Izzi
- Totalplay
¿El SAT puede supervisar los servicios de streaming?
Con el nuevo artículo 30-B, el SAT tendría acceso directo a registros de operaciones, pagos y transacciones, lo que le permitiría vigilar la actividad de las plataformas al instante, sin esperar procesos de auditoría posteriores.
El argumento oficial es que el crecimiento acelerado de los modelos de negocio digitales exige mecanismos de control más estrictos para garantizar el pago de impuestos.
¿El SAT puede suspender los servicios en México?
Por ahora, el proyecto del organismo fiscal sigue siendo una propuesta. El plan se incluye dentro de la reforma fiscal 2026 presentada ante la Cámara de Diputados y aún debe ser debatido y aprobado por el Congreso.
De prosperar, se convertiría en uno de los esquemas de control digital más severos en América Latina, con efectos directos para empresas tecnológicas y consumidores.
Es importante destacar que no es la primera vez que se plantea un mecanismo similar. En 2021, la Ley del IVA ya preveía sanciones de bloqueo para plataformas extranjeras que no se registraran ni cumplieran con sus obligaciones fiscales.
Ese mismo año, se discutió en la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión un artículo que otorgaba al Ejecutivo la capacidad de ordenar cierres digitales; sin embargo, la propuesta fue retirada tras el rechazo de la sociedad y las críticas en el Senado, donde se interpretó como un intento de censura.
La diferencia ahora es que este mecanismo regresaría incorporado al Código Fiscal de la Federación, lo que le daría un marco jurídico sólido y permanente.