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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México ha estado supervisando las transferencias bancarias, incluidas las remesas, como parte de sus iniciativas para prevenir la evasión fiscal.

Aunque no existe un impuesto específico sobre las remesas, es fundamental adherirse a las normativas fiscales para evitar sanciones y la retención de un porcentaje de tus fondos.

Requisitos para evitar multas del SAT por tus remesas

Es fundamental que puedas demostrar que los fondos provienen de actividades lícitas, ya que el SAT podría retener una parte de tus remesas o incluso iniciar una investigación si sospecha que el dinero es de origen ilícito.

Para evitar posibles multas del SAT por las remesas que recibas, es esencial declarar todas tus fuentes de ingresos, incluyendo las remesas.

Además, debes conservar toda la documentación que respalde el origen y la cantidad de las remesas recibidas, como recibos de envío y estados de cuenta bancarios, para poder justificar la legalidad de los fondos en caso de una revisión.

Si tienes dudas sobre cómo cumplir con estas obligaciones, lo más recomendable es buscar la asesoría de un contador o abogado fiscal.

Límite de ingresos que puedes recibir del extranjero sin necesidad de declarar en el SAT

El artículo 93 de la Ley delImpuesto sobre la Renta (ISR) en México establece las condiciones y exenciones fiscales aplicables a los donativos, las cuales deben ser comprendidas de manera precisa. A continuación, se detallan los principales aspectos que regulan dicha disposición:

  • Donativos a instituciones autorizadas. Los donativos realizados a organizaciones civiles o instituciones que cuenten con autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles están exentos del pago de impuestos. El donante, además, tiene derecho a deducir el monto del donativo de su base gravable para efectos del cálculo del ISR, siempre que la institución esté registrada ante el SAT.
  • Donativos entre cónyuges, padres e hijos. Estos donativos se encuentran exentos de tributación, independientemente de su monto.
  • Donativos sin deducción fiscal. Estos se consideran exentos de impuestos, siempre y cuando el valor total de los donativos recibidos por el beneficiario en un año calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general correspondiente a la zona geográfica del contribuyente, elevado a un año.

¿Qué son los donativos no deducibles fiscalmente?

La legislación fiscal establece que los donativos no están sujetos a impuestos si el total recibido por el beneficiario en un año no supera tres veces el salario mínimo general anual de la zona en la que reside el contribuyente.

Son aquellos donativos que no se pueden restar de la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del donante. Esto se debe a que no cumplen con los requisitos establecidos por la ley para ser considerados deducibles.

Si el valor de los donativos excede este límite, el beneficiario deberá pagar impuestos por el excedente. Este impuesto se calculará como si el donativo fuera un ingreso acumulable más.