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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México informó a toda la población del país el lanzamiento de un beneficio exclusivo para quienes tributen ante el organismo.
Con el objetivo de facilitar la presentación de la Declaración Anual de Impuestos 2025, el SAT confirmó que ya se encuentra disponible el simulador para personas morales del Régimen General y del Régimen Simplificado de Confianza, donde es posible consultar la información presentada durante el ejercicio fiscal del corriente año.
¿Qué se puede hacer en el simulador de la Declaración Anual 2025?
En la nueva plataforma que ofrece el SAT para que las personas morales puedan aprender sobre cuáles son los datos esenciales con los que se requiere completar la Declaración Anual 2025, se incluye la siguiente precarga de información:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- PTU pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
¿Qué se necesita para presentar la Declaración Anual 2025?
De acuerdo a los lineamientos que establece el SAT, para enviar la declaración es necesario contar con e.firma y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, a través de las entidades bancarias autorizadas para el cobro de contribuciones federales.
Cabe destacar que en caso de que se requiera modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, es necesario presentar declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en verse reflejado.
¿En qué fechas se realiza la presentación de la Declaración Anual 2025?
Cabe destacar que la presentación de la declaración anual de impuestos se lleva a cabo al año siguiente del ejercicio fiscal en cuestión. Según el caso, las fechas pueden variar:
- Hasta el 19 de enero de 2026, para las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación.
- Hasta el 16 de febrero de 2026, las personas morales sin fines de lucro.
- Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza, tienen hasta el 31 de marzo de 2026.