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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció el 31 de diciembre de 2025 como fecha límite para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario. Este canal digital funciona como el medio oficial para recibir notificaciones, avisos y requerimientos fiscales que pueden afectar directamente el cumplimiento de obligaciones tributarias.

A partir del 1 de enero de 2026, quienes no hayan habilitado esta herramienta o no tengan actualizados sus medios de contacto enfrentarán sanciones económicas que pueden alcanzar los 11 mil 540 pesos.

Qué es el Buzón Tributario del SAT

El Buzón Tributario no es simplemente un buzón de correo electrónico adicional, sino una plataforma centralizada donde la autoridad fiscal concentra todas las comunicaciones oficiales dirigidas a personas físicas y morales. Ignorar su activación implica perder de vista notificaciones críticas sobre aclaraciones, trámites pendientes o requerimientos de información que, de no atenderse oportunamente, pueden derivar en problemas mayores como recargos, actualizaciones o incluso procedimientos administrativos de ejecución.

El SAT pondrá multas de hasta 11 mil pesos a quienes no activen el Buzón Tributario antes del 31 de diciembre.

La normatividad vigente obliga a prácticamente todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a habilitar esta herramienta digital. Sin embargo, existen excepciones puntuales.

Quiénes no deben habilitar el Buzón Tributario:

  • personas físicas sin actividad económica
  • personas físicas sin obligaciones fiscales
  • quienes tienen suspensión de actividades registrada.

No obstante, estas excepciones se cancelan automáticamente si se ha realizado trámites que requieren Buzón Tributario o si se ha emitido facturas electrónicas (CFDI) de ingresos o recibiste comprobantes de nómina durante los últimos doce meses.

¿Cuáles son las multas por no activar el Buzón Tributario?

Las sanciones económicas por incumplir con la habilitación del Buzón Tributario se encuentran respaldadas en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación. El monto de la multa oscila entre 3 mil 850 pesos como mínimo y 11 mil 540 pesos en su límite superior. Este rango de penalización aplica tanto para quienes no habilitan la plataforma como para aquellos que, teniéndola activa, no registran o no mantienen actualizados sus medios de contacto verificados.

La autoridad fiscal concedió una prórroga que vence precisamente el último día de 2025. Esto significa que cualquier contribuyente que complete el proceso antes de la medianoche del 31 de diciembre evitará caer en supuesto de infracción. A partir del primer minuto de 2026, el SAT tendrá facultades plenas para iniciar procedimientos sancionadores contra quienes no cumplan con este requisito, independientemente de si alegan desconocimiento o dificultades técnicas.

Cómo activar el Buzón Tributario: guía paso a paso

Para habilitar correctamente el Buzón Tributario es necesario contar con tres elementos básicos:

  • RFC activo
  • Contraseña del SAT o e.firma vigente
  • dos medios de contacto funcionales (correo electrónico y número de celular).

Estos contactos son fundamentales porque el sistema enviará códigos de verificación que validan la autenticidad del proceso y garantizan que las futuras notificaciones llegarán efectivamente al contribuyente.

El procedimiento completo se realiza en línea siguiendo estos pasos:

  1. Acceder al portal oficial del SAT y seleccionar la opción de Buzón Tributario;
  2. Iniciar sesión utilizando tu RFC junto con tu Contraseña o mediante tu firma electrónica;
  3. Dirigirse al apartado de configuración
  4. Registrar el correo electrónico y número celular;
  5. Confirmar ambos medios de contacto ingresando los códigos de verificación que recibirás vía correo y SMS;
  6. Descargar el acuse de registro como comprobante de que completaste el trámite exitosamente.

Un error frecuente es considerar este proceso como definitivo y olvidarse de la plataforma. El Buzón Tributario requiere mantenimiento: si cambias de correo electrónico o número telefónico, debes actualizar inmediatamente esta información en el sistema. No hacerlo también constituye una infracción sancionable, pues el SAT considera que mantener contactos desactualizados equivale a no tenerlos registrados. Revisa periódicamente tu configuración y asegúrate de que puedes recibir notificaciones sin problemas para evitar sorpresas desagradables en 2026.