

Los trabajadores jubilados a través del Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) podrán recibir pagos extras a modo de retroactivo de su pensión, según confirmaron las autoridades. Quienes hayan cobrado montos inferiores podrán realizar el reclamo correspondiente.
Los pensionados tendrán derecho a recibir el pago retroactivo cuando los depósitos de las mensualidades no fueron cobradas en vida, así como diferencias en el monto económico abonado, según estipula el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo. Así mismo, el trámite podrá ser realizado tanto por el derechohabiente como por la viuda, hijos u otro beneficiarios.
Cuándo se realizarán los pago retroactivos para jubilados
Los montos pendientes se depositan a modo de retroactivo junto con la pensión mensual. La próxima acreditación de haberes para jubilados del mes de mayo se verá atrasada debido a que el 1 de mes es feriado por el Día Internacional del Trabajo, por lo que los pagos se realizarán el jueves 2.

Jubilados: cómo realizar reclamos por pagos de la pensión
En caso de recibir un monto de la pensión inferior a la correspondiente, o notar irregularidades en los pagos, los jubilados podrán elevar el reclamo ante el IMSS con un simple trámite. Ante los casos de errores, se puede solicitar la aclaración para obtener la devolución del dinero.
La denuncia se debe hacer de manera presencial en la Unidad Médico Familiar o Subdelegación más cercana al domicilio. El proceso es gratuito y puede ser solicitado por cualquier pensionado del IMSS.
Paso a paso para reclamar el pago retroactivo de la pensión
- Levantar el reporte a través de la línea 800 623 23 23, opción 3.
- Acudir a la Unidad Médico Familiar o subdelegación del IMSS más cercana a su domicilio en el horario de atención de 8:00 a 15:00 horas.
- Presentar una identificación oficial con fotografía, documento oficial emitido por el instituto y su Número de Seguro Social (NSS).
- Si la resolución sale a favor, el dinero se deposita en la cuenta bancaria. Si es rechazada, se notificará del motivo.















