El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) confirmó la implementación de un programa extraordinario para condonar hasta el 100% de intereses, recargos y actualizaciones a dependencias y entidades públicas con adeudos por cuotas y aportaciones.
El beneficio incluirá los adeudos correspondientes a 2023, 2024 y 2025, siempre que cubran el monto principal en 2026 y en un solo pago. Dicha disposición fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que cuenta con carácter institucional.
Cabe destacar que la medida tiene como objetivo facilitar la regularización financiera de los entes públicos, reducir su presión presupuestal y reforzar al mismo tiempo los servicios médicos, prestaciones y el sistema de pensiones del Instituto.
¿Qué adeudos se pueden condonar?
De acuerdo con el Acuerdo 7.1392.2025, el ISSSTE podrá disminuir hasta el 100% de los siguientes conceptos:
- Intereses moratorios
- Recargos
- Actualización de adeudos
El descuento será proporcional al capital cubierto, siempre que:
- Se trate de cuotas y aportaciones no enteradas.
- El adeudo esté registrado al cierre de 2023, 2024 o 2025.
- El pago se realice durante el ejercicio fiscal 2026.
- Se liquide en una sola exhibición.
¿Cómo pedir una condonación?
A continuación, quienes pueden acceder al programa del ISSSTE:
- Dependencias federales
- Gobiernos estatales
- Municipios
- Organismos públicos
- Entidades gubernamentales con adeudos ante el ISSSTE
También podrán incorporarse entidades locales que ya tengan convenios de regularización vigentes, los cuales podrán ajustarse o incluso cancelarse para acogerse a este nuevo esquema.
Hay casos excluidos del beneficio y son los siguientes:
- Aportaciones del 2% destinadas al Retiro
- Cuotas del Fondo de la Vivienda
- Aportaciones al seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
- Trabajadores que cotizan bajo el régimen del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE
Detalles de la eliminación de deudas del ISSSTE
Para gozar de este beneficio es necesario que los pagos se efectúen de la siguiente manera:
- En una sola exhibición
- Dentro de los 20 días naturales posteriores a la firma del convenio
- Durante el ejercicio fiscal 2026
Este año representa una oportunidad clave para que las entidades con adeudos se pongan al día sin cubrir intereses ni recargos, lo que representa un ahorro considerable.