

En las vísperas de la llegada de un nuevo año, el Gobierno de México mantiene actualizados los montos que regirán para el salario mínimo a partir del 1 de enero.
Con un aumento previsto desde esta fecha, los trabajadores del país se encuentran a la expectativa de conocer cuáles serán las obligaciones fiscales que tendrán que afrontar en 2026, como el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Para quienes busquen saber si deberán rendir cuentas en este aspecto ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se aconseja checar cuáles son los salarios mensuales que se encuentran contemplados por la entidad para efectuar el pago de este tributo.
¿Qué es el ISR?
El Impuesto Sobre la renta (ISR) es un gravamen directo que se aplica a los ingresos que incrementan el patrimonio de una persona.

Esto implica que una parte del salario que se recibe mensualmente se entrega al Estado para infraestructura, bienestar, entre otras cuestiones.
¿Quiénes pagan ISR?
- Personas físicas (contribuyente directo)
- Personas Morales (empresa o grupo)
- Mexicanos
- Extranjeros
¿Qué sueldos no tendrán que pagar ISR en 2026?
A partir del 1 de enero del 2026 el salario mínimo general pasará de 278.80 a 315.04 pesos diarios (un 13% aproximadamente), mientras que el salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) se incrementará de 419.88 a 440.87 pesos por día (5%).
Esta disposición del Gobierno de México se integra a partir del salario mínimo vigente en 2025, más la suma de un Monto Independiente de Recuperación (MIR) de 17.01 pesos, y un incremento por fijación de 6.5%.
Con los montos actualizados, una de las dudas más frecuentes que surge entre los asalariados del sector formal es si deberán o no pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
En función de la legislación que rige en el territorio azteca, que establece al ISR como una obligación constitucional, es un deber del ciudadano cumplir y rendir cuentas ante los organismos pertinentes.
Según ha quedado asentado recientemente a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), los únicos trabajadores que quedarán exentos de pagar el ISR son aquellos cuyos ingresos mensuales se encuentren por debajo del salario mínimo; es de decir, quienes cobren menos 9,587.5 pesos al mes.
Los que perciban un sueldo mayor, verán registrado un descuento todos los meses. Cabe destacar que este gravamen puede recuperarse al momento de presentar la Declaración Anual de impuestos (que se lleva a cabo en abril) y solicitar la deducción de gastos personales. De esta manera, el SAT podría devolver -en caso de considerar que se cumplen los requisitos- una parte del ISR abonado.













