Desde el organismo público se aclaró que esta ley permanece en vigor, aunque solo es aplicable a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Esto implica que los trabajadores que fueron dados de alta antes de esa fecha aún tienen la posibilidad de pensionarse bajo este régimen.
La incertidumbre acerca de la vigencia de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es frecuente entre aquellos que se preparan para su etapa de retiro.
Se estima que las últimas pensiones otorgadas bajo la Ley 73 se comenzarán a entregar hacia mediados de la década de 2040.
¿Qué personas están protegidas por la Ley 73 del IMSS?
La Ley del Seguro Social de 1973, conocida como Ley 73 del IMSS, es aplicable a todos los trabajadores que iniciaron su cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social antes del 1 de julio de 1997.
Por lo tanto, si una persona tiene su primera aportación registrada antes de esta fecha, su pensión se calculará de acuerdo con las disposiciones de esta ley, incluso si continúa laborando o cotizando posteriormente.
A diferencia de la Ley 97, que se fundamenta en un sistema de cuentas individuales administradas por las Afores, la Ley 73 emplea un esquema de reparto, donde las pensiones se financian directamente con los recursos del IMSS y las contribuciones de los trabajadores activos.
El monto de la pensión bajo la Ley 73 no se determina por el saldo acumulado en una cuenta individual, sino que se calcula en función de dos factores principales:
- El salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, es decir, los últimos cinco años de trabajo previos a la jubilación.
- El número total de semanas cotizadas a lo largo de la vida laboral del trabajador.
Cuantas más semanas se hayan acumulado y mayor haya sido el salario promedio en ese periodo, más elevada será la pensión.
Asimismo, esta ley prevé modalidades de retiro más flexibles, como la pensión por cesantía en edad avanzada (a partir de los 60 años) y por vejez (a partir de los 65 años), siempre que el asegurado cumpla con un mínimo de 500 semanas cotizadas.
¿Cuáles son las consecuencias tras la Ley del 73?
Se espera que las últimas generaciones que se beneficiarán del régimen de la Ley 73 lo hagan hasta 2040. Una vez que concluyan las generaciones amparadas por la Ley 73, las jubilaciones se regirán por la Ley 97, lo que implica que las nuevas generaciones dependerán exclusivamente de los recursos acumulados en su Afore y de la rentabilidad generada a lo largo de su vida laboral. Por ejemplo, una persona que comenzó a cotizar el 30 de junio de 1997, a los 18 años, podría jubilarse por Cesantía en Edad Avanzada en 2039, entre los 60 y 64 años, o bien por Vejez en 2044, al cumplir 65 años.
Requisitos para obtener la pensión según la Ley 73 del IMSS
- Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
- Contar con al menos 500 semanas de cotización registradas ante el IMSS.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Tener 65 años cumplidos al momento de presentar la solicitud de pensión.
- Estar dentro del período de conservación de derechos, equivalente a la cuarta parte del tiempo total cotizado, contado a partir de la fecha de baja.