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Los jóvenes asignados a la modalidad encuadrada del Servicio Militar Nacional (SMN) deberán presentarse el 1 de agosto de 2026, fecha en la que comenzará el segundo escalón de adiestramiento, el cual se desarrollará “del 1 Ago. al 24 Oct. 2026”, de acuerdo con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Sin embargo, la dependencia también establece que algunas personas pueden obtener una excepción legal para no cumplir con esta obligación.

Entre esos casos se encuentran quienes acrediten una incapacidad física o incapacidad mental mediante la documentación requerida por la autoridad militar.

La Sedena señala que “las excepciones para el cumplimiento del S.M.N. se puede realizar cuando se tenga alguna de las causas siguientes: por incapacidad física o mental...”, siempre que el interesado presente la documentación correspondiente ante la Oficina de Reclutamiento.

No es obligatorio ir al Ejército.Fuente: ShutterstockShutterstock

¿Qué documentos médicos permiten solicitar la excepción del Servicio Militar?

Las personas que busquen obtener una excepción por incapacidad física o mental deberán acudir a la Oficina de Reclutamiento de la Zona Militar más cercana o al módulo de atención de la Dirección General de Personal en la Ciudad de México para iniciar el trámite, el cual es gratuito y tiene un tiempo estimado de resolución de ocho días hábiles.

Para este supuesto, la Sedena solicita la siguiente documentación:

  • Formato Universal para trámites del Servicio Militar Nacional.
  • Original y copia del acta de nacimiento.
  • Original y copia de una identificación oficial vigente con fotografía.
  • Original y copia de la CURP.
  • Original y copia de la Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional.
  • Original y copia del certificado de incapacidad expedido por dos médicos militares.
  • Copia de la documentación médica comprobatoria, salvo cuando la inutilidad física sea evidente.
Otras excepciones poco conocidas para no realizar el Servicio Militar.Fuente: ShutterstockShutterstock

La dependencia precisa que la excepción únicamente puede otorgarse después de que la autoridad militar revise la documentación presentada y determine que se cumplen los requisitos establecidos para este tipo de trámite.

Otras excepciones poco conocidas para no realizar el Servicio Militar

Además de la incapacidad física o mental, la Sedena contempla otros supuestos que permiten solicitar una excepción al cumplimiento del Servicio Militar Nacional. Entre ellos se encuentran las personas mayores de 40 años que obtuvieron su cartilla, los mexicanos naturalizados mayores de 40 años, quienes adquirieron otra nacionalidad, los ministros de culto religioso, las personas que acrediten un impedimento de orden moral, los hijos de extranjeros y quienes pertenezcan a la comunidad menonita.

En todos los casos, el trámite debe realizarse de manera presencial en la Oficina de Reclutamiento correspondiente, presentando el Formato Universal y los documentos específicos que acrediten la causa de excepción.

La Sedena informa que el procedimiento no requiere cita, es completamente gratuito y puede iniciarse en cualquier Oficina de Reclutamiento de Zona Militar o en la Oficina Central de Reclutamiento de la Dirección General de Personal en la Ciudad de México.