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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) dio a conocer nuevos lineamientos sobre quiénes pueden solicitar el ajuste de estatus dentro del país y qué personas quedan fuera de este beneficio migratorio. En otras palabras, habrá un nuevo requisito para aplicar a la Green Card que dejará afuera a millones de extranjeros.

La medida que tomó recientemente el gobierno de Donald Trump especifica las condiciones, excepciones y categorías especiales que determinan qué extranjeros pueden continuar con el trámite para obtener la residencia permanente sin salir de territorio estadounidense.

Requisitos de la Green Card para extranjeros que buscan permanecer en Estados Unidos

Conoce los detalles del comunicado oficial y evita inconvenientes con las autoridades norteamericanas.

Migrantes que no podrán hacer el ajuste de estatus dentro de USA

La normativa, basada en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), establece distintos casos en los que el ajuste de estatus no procede dentro del país.

Entre los grupos excluidos se encuentran:

  • Tripulantes de barcos o aeronaves.
  • Personas que trabajaron sin autorización antes de presentar la solicitud.
  • Migrantes que permanecían en condición irregular al momento de aplicar.
  • Extranjeros que no conservaron un estatus migratorio legal de forma continua desde su ingreso.
  • Personas admitidas en tránsito sin visa.
  • Algunos visitantes bajo programas sin visa.
  • Extranjeros relacionados con causales de deportación o seguridad.
  • Personas que incumplieron las condiciones de su visa temporal.

No obstante, la legislación contempla excepciones para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses y para ciertas categorías especiales reconocidas por la ley migratoria.

¿Quiénes pueden tener la green card sin salir de Estados Unidos?

La ley indica que ciertos extranjeros que hayan ingresado legalmente o recibido permiso de permanencia temporal pueden tramitar el ajuste de estatus para convertirse en residentes permanentes.

Para acceder al beneficio deben cumplirse tres requisitos fundamentales:

  • Presentar formalmente la solicitud de ajuste de estatus.
  • Ser elegible para una visa de inmigrante y cumplir con los requisitos de admisibilidad.
  • Contar con una visa disponible al momento de iniciar el trámite.

Además, existen categorías específicas que pueden acceder al ajuste aun cuando hayan tenido algunas irregularidades migratorias previas.

Entre ellas destacan:

  • Personas con ingreso legal y base válida para obtener residencia.
  • Beneficiarios de peticiones familiares o laborales.
  • Autopeticionarios protegidos por la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA).
  • Algunos inmigrantes especiales.
  • Víctimas de trata de personas con visa T.
  • Víctimas de ciertos delitos con visa U.
  • Trabajadores respaldados por peticiones laborales específicas.
  • Extranjeros protegidos por la antigua Sección 245(i).

En algunos casos relacionados con empleo, se puede mantener la elegibilidad aun cuando existan infracciones migratorias menores, siempre que no superen los 180 días acumulados.

Excepción de extranjeros para aplicar a la Green Card

La Sección 245(i) de la INA aún protege a determinados extranjeros que ingresaron sin inspección o tuvieron faltas migratorias. Esta disposición permite solicitar la residencia permanente desde Estados Unidos si la persona fue beneficiaria de una petición familiar o certificación laboral presentada antes del 30 de abril de 2001.

Para acceder al beneficio se deben cumplir ciertas condiciones:

  • Haber sido incluido en una petición migratoria o certificación laboral presentada antes de la fecha límite.
  • Estar físicamente presente en Estados Unidos en los casos que exige la ley.
  • Tener una visa de inmigrante disponible.
  • Ser admisible para la residencia permanente.

El trámite contempla un pago adicional de USD 1,000, aunque algunos menores y familiares específicos pueden quedar exentos.

El ajuste de estatus requiere la presentación formal de la solicitud, cumplir con los requisitos de elegibilidad y admisibilidad, y contar con una visa.