

Con el inicio del 2025, las autoridades gubernamentales han confirmado la incorporación de un nuevo feriado inamovible para todos los trabajadores del país. Se trata de un beneficio que se inaugura este año.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) contemplasiete días de descanso obligatorio oficiales, sin embargo. la legislación laboral reconoce como excepción incorporar aquellos feriados que "determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral".
Es así que los trabajadores gozarán de un feriado extra por primera vez debido a la celebración de las elecciones de cargos en el Poder Judicial.
Cuándo será el nuevo feriado del 2025 para todos los trabajadores
Con la incorporación de este flamante feriado oficial, se confirman 8 días de descanso obligatorio en el 2025 para trabajadores de todo el país.

Es así que será el próximo domingo 1 de junio la fecha declarada como feriado oficial, en coincidencia con la primera elección mediante el voto popular de ministros, magistrados y jueces.
Estos son todos los feriados del 2025:
- Miércoles 1 de enero, por Año Nuevo
- Lunes 3 de febrero, por el aniversario de la Constitución (5 de febrero)
- Lunes 17 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
- Jueves 1 de mayo, por el Día del Trabajo
- Domingo 1 de junio, por la elección del Poder Judicial
- Martes 16 de septiembre, por el aniversario de la Independencia
- Lunes 17 de noviembre, por el aniversario de la Revolución (20 de noviembre)
- Jueves 25 de diciembre, por Navidad
Cuánto deben pagar por trabajar en día de descanso obligatorio
De acuerdo a la LFT en su artículo 75 aquellos empleados que deben prestar servicio en día de feriado obligatorio tendrán derecho a recibir pago extra. El pago corresponderá a independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir un salario triple.
En 2025 el salario mínimo en México se estipuló en 278.80 pesos por jornada, por lo que en caso de trabajar en día de descanso obligatorio, el empleado deberá recibir un pago de 836.40 pesos, por lo menos. Incluso, la ley determina que si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical.
La prima dominical figura en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala que las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. Es decir que en caso de trabajar el próximo 1 de junio, el saldo a cobrar deberá ser 1.045,5 pesos.















