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Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, no significa que sus bienes queden sin dueño. En estos casos, la ley establece un orden específico de personas que tienen derecho a heredar, sin que la voluntad del fallecido haya quedado plasmada en un documento.

Este proceso se conoce como sucesión legítima o intestamentaria, y está regulado por el artículo 1602 del Código Civil Federal, que determina con claridad quiénes pueden acceder a la herencia en ausencia de testamento.

¿Quiénes tienen derecho a heredar?

De acuerdo con la normativa, el artículo 1602 establece que pueden tener derecho a la sucesión legítima los descendientes (hijos, nietos), los cónyuges, los ascendientes (padres, abuelos) y los parientes colaterales hasta el cuarto grado, es decir, hermanos, tíos, sobrinos y primos, según corresponda.

La ley establece un orden específico de personas que tienen derecho a heredar, sin que la voluntad del fallecido.Archivo El Cronista

Además, la ley contempla una figura particular: bajo determinados requisitos, también puede tener derecho a heredar la concubina o el concubinario, es decir, la persona que mantuvo una relación de concubinato con quien falleció.

Es importante remarcar que este orden no es arbitrario, sino que responde a una estructura legal pensada para garantizar que el patrimonio de una persona fallecida pase a quienes tienen un vínculo familiar o afectivo reconocido por la norma.

Un mecanismo pensado para casos sin testamento

La existencia de este marco legal busca dar respuesta a una situación que ocurre con frecuencia. Muchas personas fallecen sin haber formalizado un testamento, ya sea por falta de planificación, por desconocimiento del trámite o por otras circunstancias personales.

Ante este escenario, el Código Civil Federal ofrece una solución que evita la incertidumbre y establece con precisión quiénes forman parte de los posibles herederos legítimos, según el vínculo familiar que hayan tenido con la persona fallecida.

Cabe destacar que el proceso de sucesión legítima puede variar según cada caso particular, ya que intervienen factores como la existencia o no de descendientes, cónyuge, ascendientes u otros parientes con derecho reconocido.

Por este motivo, quienes atraviesen una situación de este tipo pueden acudir a un profesional del derecho para conocer en detalle cómo se aplica esta normativa a su caso específico, y así resolver el trámite sucesorio de manera correcta y conforme a la ley.