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Las autoridades de tránsito en diversas ciudades de México implementan sanciones rigurosas hacia aquellos automovilistas que incurrieron en infracciones graves.

En regiones como Toluca, Aguascalientes, Morelia, San Luis Potosí y Chihuahua, los códigos locales prevén penalizaciones que pueden abarcar desde multas pecuniarias y arresto administrativo hasta la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducir, dependiendo de la gravedad de la infracción, la reincidencia y el impacto ocasionado.

No se trata de una sanción federal estandarizada que se aplique de manera uniforme en todo el territorio nacional. Sin embargo, se evidencia una tendencia común: las entidades están fortaleciendo las repercusiones para quienes manejan bajo la influencia del alcohol o sustancias, generan infracciones peligrosas, ocasionan accidentes o transgreden normas fundamentales de seguridad vial.

En agosto Toluca, Aguascalientes, Morelia, San Luis Potosí y Chihuahua continúan la anulación de licencia de conducir a todos los conductores que incurran en infracciones graves.
En agosto Toluca, Aguascalientes, Morelia, San Luis Potosí y Chihuahua continúan la anulación de licencia de conducir a todos los conductores que incurran en infracciones graves.Shutterstock

Las infracciones graves que pueden costarte la licencia de conducir

Las infracciones graves corresponden a aquellas conductas que incrementan el riesgo de un siniestro vial o amenazan directamente la seguridad de otras personas. Entre las más significativas se destacan:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol.
  • Manejar bajo la influencia de drogas o sustancias psicoactivas.
  • Exceder los límites de velocidad establecidos.
  • Reincidir en infracciones de tránsito consideradas peligrosas dentro de un periodo determinado.
  • Presentar documentos falsificados para la obtención de la licencia.
  • Contar con más de una licencia de la misma categoría, cuando se compruebe mala fe del titular.
  • Provocar un accidente por negligencia o imprudencia.
  • Perder la aptitud física o mental necesaria para conducir.
Las infracciones graves que pueden costarte la licencia de conducir.
Las infracciones graves que pueden costarte la licencia de conducir.Shutterstock

Cómo lo regula cada ciudad

Toluca (Estado de México)

El Reglamento de Tránsito del Estado de México, en su Capítulo de Suspensión y Cancelación de Licencias, establece que procede la suspensión hasta por seis meses cuando el titular comete, en el término de un año, tres infracciones sancionadas con más del triple del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

También contempla la suspensión cuando se comprueba que la licencia fue tramitada con documentación falsa. La reglamentación estatal aplicable a Toluca añade que la cancelación procede cuando el conductor es sancionado en dos ocasiones con la suspensión de su licencia, o cuando se acredita de forma definitiva la falsedad de los documentos presentados para obtenerla.

Aguascalientes

La Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes y el Reglamento de Movilidad del Municipio de Aguascalientes facultan a las autoridades a imponer, entre otras sanciones, la cancelación o suspensión de la licencia de conducir, además del retiro del vehículo y la revocación de concesiones en el caso de transporte público.

La normativa municipal obliga a llevar un registro puntual de las infracciones vinculadas al exceso de velocidad, el estado de ebriedad, el “estado de ineptitud” y el manejo bajo el influjo de estupefacientes, información que se reporta a la autoridad estatal encargada de expedir las licencias para que evalúe la suspensión correspondiente.

El reglamento también define con precisión qué se entiende por “evidente estado de ebriedad”, a partir de alteraciones visibles en la coordinación, los reflejos, el equilibrio o el lenguaje del conductor.

Morelia (Michoacán)

La Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán detalla con claridad las causales. El artículo 39 fija la suspensión de la licencia hasta por seis meses cuando el titular comete tres infracciones en un año sancionadas con más de seis veces el valor diario de la UMA, o cuando permite que un tercero utilice su licencia.

El artículo 40 establece que procede la cancelación cuando el titular pierde de forma permanente la capacidad para conducir, cuando ha sido sancionado en tres ocasiones distintas con la suspensión de su licencia, o cuando se comprueba que la información entregada para tramitarla era falsa. Además, el artículo 60 de la misma ley señala que la reincidencia en una misma falta más de tres veces convierte al conductor en reincidente, lo que —según la gravedad de la infracción— puede derivar en suspensión o cancelación.

La Policía de Morelia, por su parte, está facultada para solicitar a la autoridad estatal esa cancelación o suspensión cuando detecta las conductas sancionadas.

San Luis Potosí

La Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, en su artículo sobre suspensión y cancelación de licencias, habilita esa sanción cuando el titular comete alguna infracción a la ley o a los reglamentos municipales de tránsito, entre otras causales.

A esto se suma que, en julio de 2026, una legisladora local presentó una iniciativa para reformar esta ley y endurecer específicamente las reglas para motociclistas: la propuesta plantea que quienes acumulen tres o más infracciones en doce meses puedan quedar sujetos a un procedimiento administrativo de suspensión o cancelación, y que la reincidencia en dos infracciones dentro de un lapso de 60 días derive en el retiro de la licencia por seis meses. La iniciativa responde al aumento de accidentes viales que involucran motocicletas en la capital potosina y en la región huasteca.

Chihuahua

La Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua es una de las más detalladas del país en esta materia. Su artículo 58 contempla la suspensión de la licencia hasta por dos años en varios supuestos: si el titular es menor de edad y comete dos o más violaciones a la ley en un año; si acumula dos infracciones graves en un plazo de tres meses derivadas de hechos distintos, o cuatro infracciones graves en un año; si se comprueba que presentó documentos falsos para tramitarla; o si se detecta que posee más de una licencia de la misma categoría de forma dolosa.

El artículo 59 agrega que procede la cancelación definitiva cuando se comprueba que el titular perdió la aptitud física o mental necesaria para conducir, o cuando reincide dentro de un plazo de tres años en las conductas que ya motivaron una suspensión previa. Adicionalmente, el artículo 84 de esta ley autoriza el arresto administrativo de hasta 36 horas para quien sea sorprendido manejando en estado de intoxicación por alcohol, drogas u otras sustancias tóxicas.

Alcohol, drogas y reincidencia: el denominador común

En las cinco ciudades, un patrón se repite: manejar bajo los efectos del alcohol o drogas y la reincidencia en infracciones graves son los factores que más rápido escalan hacia la suspensión o cancelación definitiva de la licencia. Los reglamentos locales priorizan el historial del conductor por encima del hecho aislado: no es lo mismo cometer una infracción grave por primera vez que repetirla dentro de una ventana de tiempo determinada por la ley (que varía entre 60 días, tres meses o un año según la entidad).

Las posibles consecuencias, de forma progresiva, incluyen:

  • Multas elevadas, calculadas en UMAs o en salarios mínimos según el estado.
  • Arresto administrativo de hasta 36 horas.
  • Retención o aseguramiento del vehículo.
  • Suspensión temporal de la licencia (de seis meses hasta dos años, según la entidad).
  • Cancelación definitiva del permiso para conducir.

Cómo evitar la cancelación de la licencia de conducir

Para prevenir la suspensión o cancelación de la licencia, las recomendaciones comunes a los cinco reglamentos son:

  • Evitar conducir tras el consumo de alcohol o bajo el efecto de drogas o fármacos que alteren la capacidad de reacción.
  • Respetar los límites de velocidad y las señales de tránsito.
  • No permitir que terceros utilicen la licencia propia.
  • Presentar siempre documentación verídica al tramitar o renovar la licencia.
  • Evitar la acumulación de infracciones graves dentro de los plazos que fija cada ley estatal.
  • Cumplir con las indicaciones de los agentes de tránsito y acudir a las audiencias cuando la autoridad lo cite.
  • Consultar periódicamente el estado de la licencia ante la dependencia estatal correspondiente.