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A partir de enero de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá la facultad de realizar visitas sorpresa en domicilios particulares, pequeños negocios y empresas, donde podrá efectuar auditorías rápidas con el acompañamiento de abogados y equipos de grabación.

Estas inspecciones irán más allá de las revisiones administrativas habituales, ya que cada procedimiento podría derivar en consecuencias penales. El objetivo será detectar posibles casos de evasión fiscal, uso de facturas apócrifas y verificar que los ingresos, ventas y servicios declarados correspondan a operaciones reales.

El organismo confirmó que realizará visitas domiciliarias en distintos puntos de México para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

En este contexto, el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) informó que el SAT también podrá documentar las diligencias mediante grabaciones de audio y video, generando pruebas directas durante las verificaciones. Este material serviría para sancionar tanto a evasores fiscales como a empresas dedicadas a emitir facturas falsas, además de clientes y proveedores relacionados.

¿Qué son las auditorías del SAT?

Salvador Rotter Aubanel, integrante de la Comisión de Desarrollo de Investigación Fiscal del CCPM, explicó que estas auditorías express surgen de las modificaciones realizadas a los artículos 29-A, fracción IX, y 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), cambios que comenzarán a aplicarse en 2026.

La fracción IX del artículo 29-A establece que tanto personas físicas como morales deberán demostrar que sus operaciones son reales y que los actos jurídicos efectivamente existieron. Además, señala que los comprobantes fiscales que no acrediten esta condición podrán considerarse falsos, dando pie a revisiones inmediatas.

Por otro lado, el artículo 49 Bis del CFF indica que las visitas domiciliarias podrán realizarse bajo la presunción de que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) podrían no ser auténticos.

¿Dónde son las visitas domiciliarias del SAT?

Las inspecciones podrán efectuarse en distintos espacios relacionados con la actividad económica del contribuyente, entre ellos:

  • Domicilio fiscal.
  • Sucursales.
  • Oficinas.
  • Bodegas.
  • Almacenes.
  • Locales comerciales.
  • Puestos fijos o semifijos en la vía pública.
  • Cualquier lugar donde se desarrollen actividades o se brinden servicios respaldados por facturas.

Al llegar al lugar, los verificadores podrán iniciar de inmediato la toma de fotografías y grabaciones de audio y video. Asimismo, estarán autorizados para entregar la orden de verificación al contribuyente, su representante legal, el encargado del establecimiento o cualquier persona responsable presente en el sitio.

¿Para qué sirven las auditorías del SAT?

Estas auditorías tendrán como finalidad comprobar que las operaciones respaldadas mediante CFDI efectivamente se hayan realizado y que existan contratos, documentos, imágenes y registros que lo acrediten.

Para ello, la autoridad fiscal aplicará los conceptos de “materialidad” y “trazabilidad” en las operaciones revisadas.

La materialidad consiste en demostrar que el servicio realmente fue prestado o que la mercancía existió, ingresó al inventario y posteriormente fue comercializada.

La trazabilidad, por su parte, permite seguir el recorrido completo de la operación: quién vendió el producto, cuándo fue recibido, cómo se entregó, en qué momento se comercializó o quién proporcionó los insumos utilizados posteriormente.

Este mismo criterio también aplicará para la prestación de servicios, incluido el arrendamiento de inmuebles o locales comerciales, los cuales deberán contar con respaldo documental como contratos, CFDI, depósitos bancarios, instalaciones físicas y evidencia relacionada con las actividades declaradas.