

Los pensionados del IMSS y del ISSSTE deben prestar atención a sus ingresos durante septiembre de 2026, ya que no todas las jubilaciones están completamente exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La legislación fiscal contempla un límite para la exención de las pensiones. Cuando los ingresos superan ese monto, el excedente puede quedar sujeto al pago de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Atención pensionados IMSS e ISSSTE: quiénes deben pagar ISR
De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro cuentan con una exención fiscal hasta determinado límite. Por el monto que exceda esa cantidad corresponde pagar el impuesto en los términos establecidos por la legislación.
La disposición contempla tanto las pensiones provenientes del IMSS como aquellas derivadas de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro previsto por la Ley del ISSSTE. Por lo tanto, recibir una jubilación no significa automáticamente que todo el ingreso esté libre de ISR.
Además, cuando una persona recibe pensiones o haberes de retiro provenientes de dos o más pagadores, el SAT establece que deben considerarse de manera conjunta para determinar el monto total exento.
Qué pasa si la pensión supera el límite establecido
Cuando el ingreso por jubilación rebasa el monto que la ley contempla como exento, el excedente queda sujeto al ISR. La retención correspondiente se realiza sobre la parte que supera el límite y no sobre la totalidad de la pensión.
Esto significa que un pensionado puede recibir una cantidad mensual superior al límite de exención y no necesariamente pagar impuestos sobre todo su ingreso. El gravamen se aplica únicamente a la parte que corresponda conforme a las reglas fiscales.
El propio SAT establece que, cuando existen dos o más personas que realizan pagos por jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, deben sumarse esos ingresos para determinar si se supera el límite de exención.
Pensionados que también tienen otros ingresos
La situación puede cambiar cuando el jubilado, además de su pensión, obtiene ingresos por otras actividades. Si continúa trabajando o recibe recursos por conceptos sujetos al ISR, estos ingresos pueden generar obligaciones fiscales adicionales.
En estos casos, es importante distinguir entre la parte de la pensión que permanece exenta y aquellos ingresos que sí deben acumularse para efectos fiscales. La obligación dependerá del tipo y monto de los recursos que perciba cada contribuyente.
Por ello, los pensionados del IMSS y del ISSSTE que superen los límites establecidos o que tengan otras fuentes de ingresos deben revisar su situación fiscal ante el SAT. La autoridad cuenta con herramientas para consultar la información fiscal y determinar las obligaciones correspondientes.













