En Argentina, existe un mecanismo legal que permite en ciertos casos acceder a la titularidad de una vivienda. Se trata de la usucapión, que puede aplicarse tras varios años de permanencia en un inmueble en casos específicos. ¿Cómo funciona y quiénes pueden solicitarla?
¿Qué es la usucapión y en qué casos se aplica?
La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva, es un mecanismo previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, que permite adquirir el dominio de un bien en casos específico, luego haberlo poseído durante un tiempo determinado, de forma continua y sin oposición.
La usucapión implica un enfrentamiento entre partes enmarcado en un proceso judicial, donde se busca resolver un conflicto de intereses sobre un bien.
Existen dos variantes principales:
- Usucapión larga (20 años): aplica cuando una persona ocupa un inmueble de manera pública, pacífica e ininterrumpida durante 20 años.
- Usucapión corta (10 años): puede utilizarse si la persona que ocupa el inmueble posee justo título y lo hizo con buena fe durante al menos 10 años.
Según el artículo 1897 del Código Civil y Comercial de la Nación, "la posesión para usucapir debe ser ejercida de manera continua, pública y con ánimo de dueño durante el plazo legal".
El Ministerio de Justicia recomienda iniciar este tipo de trámites con el asesoramiento de un abogado especializado para asegurar el cumplimiento de todos los requisitos.
¿Quiénes pueden iniciar un proceso usucapión?
Las personas que pueden iniciar un proceso de usucapión son aquellas que hayan poseído un bien de forma continua, ostensible y en concepto de dueño durante el tiempo establecido por la ley.
Por su parte, los inquilinos no están habilitados para iniciar un proceso de usucapión mientras el contrato de locación continúe vigente, ya que la tenencia no se ejerce como propietario.
¿Cuál es el procedimiento de una usucapión?
El solicitante debe interponer una demanda ante la Justicia para que un juez reconozca el derecho. Por lo general, se exige cumplir con los siguientes requisitos legales:
- Acreditar la posesión continua y pública mediante testigos, comprobantes de pago o mejoras efectuadas.
- Que la tenencia no haya sido interrumpida.
- Que el propietario original no haya hecho reclamos durante el tiempo previsto.
Si el juez falla a favor del demandante, la persona obtendrá el título de propiedad mediante una resolución judicial.