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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió y exigió el retiro inmediato de todos los supermercados y puntos de venta de una marca de azúcar.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 2193/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial. El texto detalla que carecía de registros deestablecimiento y de producto, y estaba falsamente rotulado.

Cuál es la marca de azúcar que prohibió la ANMAT

El organismo prohibió la "fabricación, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea" del producto "Azúcar común tipo "A" marca Dulce del Valle", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Lo hizo debido a que carecía de registros de establecimiento y de producto, y, además, estaba "falsamente rotulado" al utilizar un número de RNPA inexistente y un número de RNE dado de baja. Por lo tanto, se trata deun producto ilegal.

¿Por qué ANMAT prohibió al azúcar "Dulce del Valle?

Entre los considerandos, la medida detalla que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación proveniente del Programa de Bromatología de la provincia de Salta y del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), en relación con el producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Indicaron que se recibió una consulta por parte de un particular en relación con el producto.

Por esto mismo, realizó a través del SIFeGA, la consulta federal a la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán, para verificar si el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhibe en el rótulo del producto investigado, estaba autorizado. Este indicó que se trataba de un registro inexistente.

El Programa informó que el Municipio de El Carril, provincia de Salta, detectó la comercialización del producto investigado, y procedió a su decomiso.

Por su parte, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL verificó que consta como antecedente la consulta federal que realizó a la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán, en relación con el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nro. 23004493.

En este sentido, dado que el azúcar se publicita y promociona también en plataformas de venta online, también se ordenó la suspensión de la opción.

La norma completa