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Las autoridades de los controles viales realizan fiscalizaciones para los conductores que circulan de manera irregular y confirmaron que la retención y suspensión de las licencias de conducir es una medida que sigue estando en plena vigencia.

Además de las sanciones y multas, existe una nómina precisa de faltas viales que pueden generar la suspensión del carnet y la imposibilidad para manejar por plazos que van desde los 30 días hasta varios años más.

La medida encuentra respaldo legal en el Decreto 532/09, la normativa reglamentaria de la Ley Provincial de Tránsito N° 13.927 de la Provincia de Buenos Aires.

Si bien la normativa fue dictada hace años, se mantiene plenamente vigentes y actúa como el marco central que faculta a los Jueces de Faltas y a los agentes en los operativos a retirar la documentación física y digital a los infractores.

El Gobierno puede dejarte sin licencia de conducir por estas infracciones: qué dice el Decreto 532/09 y quiénes quedan alcanzados.Composición Canva

Cuáles son las infracciones que causan una inhabilitación del registro

La reglamentación del Decreto 532/09, detalla que no todas las faltas reciben el mismo tratamiento.

La normativa establece un catálogo de Faltas Graves contra la Seguridad del Tránsito, las cuales pueden generar la inhabilitación de manera automática tras la acumulación de reincidencias:

  • Alcoholemia positiva y estupefacientes: Con la vigencia de la tolerancia cero, registrar cualquier graduación de alcohol en sangre o dar positivo en test de sustancias deriva en la inhabilitación temporal de la licencia por un mínimo de 3 a 6 meses para primeros infractores, pudiendo extenderse a 18 meses o más en caso de reincidencia.
  • Exceso de velocidad grave: Circular superando los límites máximos permitidos en valores considerados peligrosos por cinemómetros y radares homologados habilita la suspensión del carnet.
  • Cruzar con luz roja o circular en contramano: Ambas conductas son tipificadas como faltas gravísimas contra la vida de terceros y facultan la quita inmediata del permiso de conducir.
  • Negativa a realizar el control: Rechazar el test de alcoholemia o de sustancias genera la presunción automática de infracción grave, aplicando las mismas penas e inhabilitaciones que un resultado positivo.
  • Falta de VTV o verificación vencida: En controles presenciales, transitar sin la Verificación Técnica Vehicular al día permite a los agentes proceder a la retención preventiva del plástico.
  • Conducir estando inhabilitado o con registro vencido: Quienes manejen teniendo la licencia suspendida o caduca se exponen al secuestro del vehículo y a una extensión por el doble de tiempo del período de inhabilitación original.

Cómo se aplica la suspensión de licencias

Una vez labrada el acta y tras el dictamen o sentencia firme en el juzgado de faltas correspondiente, la sanción se impacta en el Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT) de la provincia y se cruza con el Sistema Nacional de Licencias de Conducir (SINALIC) de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Esto significa que, al figurar inhabilitado en la base de datos unificada, el conductor no solo queda impedido para circular, sino que tampoco podrá realizar trámites de renovación ni duplicados en ninguna jurisdicción adherida al sistema nacional mientras no cumpla el período de sanción establecido por el Decreto 532/09.